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Normas de contabilidad para empresas comerciales: clasificación de arrendamientos

4. El arrendatario y el arrendador dividirán el arrendamiento en arrendamiento financiero y arrendamiento operativo en la fecha de inicio del arrendamiento.

La empresa considerará como fecha de inicio del arrendamiento la fecha de inicio del arrendamiento. Sin embargo, en una transacción de venta y arrendamiento posterior, la fecha de inicio del arrendamiento se refiere a la fecha en que el comprador (es decir, el arrendatario) paga el primer pago al vendedor (es decir, el arrendador).

5. El arrendamiento financiero se refiere a un arrendamiento que transfiere sustancialmente todos los riesgos y beneficios relacionados con la propiedad de los activos. El título puede eventualmente transferirse o no.

Los riesgos antes mencionados relacionados con la propiedad de activos se refieren a los cambios en los ingresos relacionados debido a cambios en las condiciones operativas, así como las pérdidas causadas por activos inactivos y obsolescencia tecnológica se refieren a; los cambios en los ingresos relevantes durante la vida útil del activo. Los beneficios económicos obtenidos del uso directo de los activos dentro del período, la apreciación de los activos y los beneficios obtenidos de la disposición de los activos.

6. Los arrendamientos operativos se refieren a arrendamientos distintos del arrendamiento financiero.

7. Al clasificar los arrendamientos, las empresas deben considerar plenamente si la propiedad de los activos arrendados se transfiere al arrendatario cuando expira el plazo del arrendamiento, si el arrendatario tiene la opción de comprar los activos arrendados y la proporción. de los activos arrendados a los activos arrendados durante el plazo del arrendamiento, la relación de vida útil y muchos otros factores. Los arrendamientos que cumplan uno o más de los siguientes criterios deben reconocerse como arrendamientos financieros:

(1) Al vencimiento del plazo del arrendamiento, la propiedad del activo arrendado se transfiere al arrendatario.

(2) El arrendatario tiene la opción de comprar el bien arrendado, y al ejercer la opción, se espera que el precio de compra sea muy inferior al valor razonable del bien arrendado, por lo que es razonablemente seguro que el arrendatario la ejercerá en la fecha de inicio del arrendamiento.

(3) El plazo del arrendamiento representa la mayor parte de la vida útil del activo arrendado. Sin embargo, esta norma no se aplica si el activo arrendado ha sido utilizado durante más de una parte sustancial de su vida útil cuando era nuevo.

(4) En lo que respecta al arrendatario, el valor actual del pago mínimo del arrendamiento en la fecha de inicio del arrendamiento es casi equivalente al valor en libros original del activo arrendado en la fecha de inicio del arrendamiento; En lo que respecta al arrendador, el monto mínimo del pago del arrendamiento es El valor presente al inicio del arrendamiento es aproximadamente igual al valor en libros original del activo arrendado al inicio del arrendamiento. Sin embargo, esta norma no se aplica si el activo arrendado ha sido utilizado durante más de una parte sustancial de su vida útil cuando era nuevo.

El término “pagos mínimos de arrendamiento”, como se menciona en esta Norma, se refiere a los diversos pagos que el arrendatario debe pagar o puede estar obligado a pagar durante el plazo del arrendamiento (excluyendo alquileres contingentes y costos de desempeño), más los Valor residual de los activos garantizado por terceros pertinentes. Sin embargo, si el arrendatario tiene una opción para comprar el activo arrendado, al ejercer esa opción, se espera que el precio de compra esté muy por debajo del valor razonable del activo arrendado, por lo que es razonablemente seguro que el arrendatario ejercerá la opción sobre el bien arrendado. fecha de inicio del arrendamiento y compra del bien arrendado. También se debe incluir el precio. El alquiler contingente se refiere a un alquiler cuyo monto no es fijo y se calcula en función de factores distintos del período de tiempo (como el porcentaje de ventas, el uso, el índice de precios, etc.). ). Los gastos de rendimiento se refieren a diversas tarifas de uso pagadas por los activos arrendados durante el período de arrendamiento, como tarifas de servicios de consultoría técnica, tarifas de capacitación del personal, tarifas de mantenimiento, primas de seguros, etc.

El término “pago mínimo de arrendamiento” en esta Norma se refiere al pago mínimo de arrendamiento más el valor residual del activo garantizado por un tercero que es independiente del arrendatario y arrendador pero que es financieramente capaz de garantizar el arrendador.

(5) Los bienes arrendados son de carácter especial y sólo pueden ser utilizados por el arrendatario sin mayores reparaciones.