Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Aceptará el tribunal disputas sobre viviendas públicas de alquiler?

¿Aceptará el tribunal disputas sobre viviendas públicas de alquiler?

Subjetividad legal:

Las disputas sobre alquileres son generalmente disputas civiles. Si el demandante es una persona que tiene un interés directo en el caso y el demandado deja claro que el demandante ha escrito una demanda ante el tribunal o ha expuesto oralmente los motivos de la demanda, y está dentro de la jurisdicción del tribunal, el el tribunal lo aceptará. El artículo 3 de la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China" estipula que cuando los tribunales populares acepten demandas civiles interpuestas por ciudadanos, personas jurídicas, otras organizaciones y entre ellos por relaciones de propiedad y relaciones personales, se aplicarán las disposiciones de esta ley. se aplicará. El artículo 119 estipula que una demanda debe cumplir las siguientes condiciones: (1) El demandante es un ciudadano, persona jurídica u otra organización que tiene un interés directo en el caso (2) Hay un demandado claro (3) Hay específicos; reclamaciones, hechos y motivos (4) Cae dentro del alcance del litigio civil aceptado por el tribunal popular y está bajo la jurisdicción del tribunal popular demandado.

Objetividad jurídica:

Artículo 3 de la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China". El Tribunal Popular acepta casos presentados por ciudadanos, personas jurídicas, otras organizaciones y ellos debido a Relaciones patrimoniales y relaciones personales. En los litigios civiles se aplicarán las disposiciones de esta Ley. Artículo 119 Una demanda debe cumplir las siguientes condiciones: (1) El demandante es un ciudadano, persona jurídica u otra organización que tiene un interés directo en el caso (2) Hay un demandado claro (3) Hay solicitudes específicas; hechos y motivo (4) cae dentro del alcance del litigio civil aceptado por el tribunal popular y estará bajo la jurisdicción del tribunal popular demandado.