Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Qué hacer si se derriban viviendas públicas de alquiler?

¿Qué hacer si se derriban viviendas públicas de alquiler?

Análisis jurídico: cuando se trata de viviendas públicas de alquiler, los derechos de propiedad pueden resultar un poco complicados. De acuerdo con el artículo 2 de la Orden No. 590 del Consejo de Estado, cuando las casas de entidades e individuos en terrenos de propiedad estatal sean expropiadas por necesidades de interés público, se deberá otorgar una compensación justa a los propietarios de las casas expropiadas (en adelante, las casas expropiadas). personas). Es decir, el objeto de la indemnización es el propietario de la vivienda. Si el usuario real sólo tiene derecho a utilizarlo, no podrá recibir compensación.

Base jurídica: Artículo 8 del "Reglamento sobre Expropiación e Indemnización de Viviendas en Terrenos de Propiedad del Estado" Para salvaguardar la seguridad nacional, promover el desarrollo económico y social nacional y otros intereses públicos, es necesario expropiar casas bajo cualquiera de las siguientes circunstancias: , los gobiernos populares de la ciudad y del condado toman decisiones de expropiación de casas:

(1) Defensa nacional y necesidades diplomáticas;

(2) Energía, transporte, conservación del agua y otras infraestructuras organizadas e implementadas por el gobierno. Las necesidades de construcción;

(3) Las necesidades de servicios públicos como ciencia y tecnología, educación, cultura, salud, deportes, medio ambiente y recursos. protección, prevención y reducción de desastres, protección de reliquias culturales, bienestar social y servicios municipales organizados e implementados por el gobierno;

(4) La necesidad de la construcción de proyectos de viviendas asequibles organizados e implementados por el gobierno;

(5) La necesidad de la reconstrucción de las ciudades antiguas organizada e implementada por el gobierno de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley de Planificación Urbana y Rural.

(6) Otros públicos; necesidades de intereses estipuladas en leyes y reglamentos administrativos.