Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Es válido el contrato de suministro de agua de vivienda pública de alquiler firmado por el inquilino?

¿Es válido el contrato de suministro de agua de vivienda pública de alquiler firmado por el inquilino?

Por supuesto que funciona.

En general, el suministro de agua y el suministro de energía son obligaciones del arrendador, y la ley no admite el suministro de agua ni el corte de energía.

Que la conducta del arrendador de cortar el agua y la electricidad sea legal depende en primer lugar de si existe un acuerdo claro en el contrato de arrendamiento. Si hay un acuerdo, es legal ejercer los derechos de conformidad con el acuerdo. La obligación del arrendador es entregar al arrendatario la casa que cumpla con las condiciones pactadas y pueda ser utilizada con normalidad. La obligación del arrendatario es pagar el alquiler íntegramente y en plazo. Cuando el arrendatario no paga el alquiler según lo estipulado en el contrato, el arrendador deberá notificar al arrendatario con antelación sobre los cortes de agua y energía según lo estipulado en el contrato para evitar pérdidas innecesarias al arrendatario debido a cortes de agua y energía.