Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿A qué cuenta se debe debitar la amortización de la vivienda en alquiler?

¿A qué cuenta se debe debitar la amortización de la vivienda en alquiler?

La amortización de las viviendas alquiladas debe incluirse en la cuenta de contabilidad de gastos, concretamente en la cuenta “cuota de alquiler de vivienda”. Al registrar, se requiere amortización en función del tiempo de uso real en cada período contable. Existen dos métodos de cálculo específicos para la amortización:

1. Amortización lineal: Los gastos de arrendamiento se distribuirán uniformemente en cada período contable. La fórmula de amortización es: Monto pagado por adelantado por período = (alquiler total ÷ plazo del arrendamiento). ) ×Tiempo de uso actual.

2. Método de vida promedio: Los gastos de alquiler se asignan uniformemente a cada período contable según el plazo del arrendamiento. La fórmula de amortización es: cada monto de amortización esperado = (alquiler total ÷ número de años del plazo del arrendamiento). ) × período de uso actual.