Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Cuál es el plazo a largo plazo para el arrendamiento de tierras colectivas rurales?

¿Cuál es el plazo a largo plazo para el arrendamiento de tierras colectivas rurales?

¿Cuál es el plazo a largo plazo del arrendamiento de tierras colectivas rurales?

1. El arrendamiento a largo plazo de terrenos colectivos rurales no podrá exceder de 20 años. El plazo de arrendamiento estipulado en cada contrato de arrendamiento de terrenos suscrito por las partes no podrá exceder de 20 años. Cuando expire el plazo de arrendamiento, el plazo de arrendamiento del contrato de arrendamiento de terrenos renovado por las partes no excederá los 20 años a partir de la fecha de renovación. Los plazos de arrendamiento que excedan los 20 años no serán válidos.

2. Base jurídica: Artículo 705 del Código Civil de la República Popular China

El plazo del arrendamiento no podrá exceder de veinte años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida.

Cuando expire el plazo de arrendamiento, las partes podrán renovar el contrato de arrendamiento, sin embargo, el plazo de arrendamiento acordado no podrá exceder de veinte años a partir de la fecha de renovación.

Capítulo 706

Si las partes no cumplieran los trámites de registro y presentación del contrato de arrendamiento de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, la validez del contrato no quedará afectado.

2. ¿Cuál es el estándar nacional de compensación para terrenos arrendados?

Los estándares nacionales de compensación para tierras arrendadas son los siguientes:

1. La tarifa de compensación de tierras es generalmente de seis a diez veces el valor de producción anual promedio de los tres años anteriores a la adquisición de las tierras agrícolas. expropiado;

2. El estándar de adquisición de tierras y subsidio de reasentamiento se calcula en función del número de población agrícola a reasentar;

3. Para cultivos recién sembrados, el costo de producción será ser compensado con un tercio del valor de la producción trimestral. Para cultivos en crecimiento, la compensación máxima se basa en el valor de producción del primer trimestre. No se compensarán los cultivos cosechables, las semillas oleaginosas y las hortalizas tiernas.