Hola, trabajo en el hotel desde hace 10 años. Debido al vencimiento del contrato de arrendamiento del hotel, ya no estaré operando. ¿Qué debo hacer?
Si el empleador decide rescindir anticipadamente, se dará por terminado el contrato de trabajo. Según el artículo 46, inciso 6 de la Ley de Contrato de Trabajo, el empleador deberá pagar una compensación económica al trabajador.
Ley de Contrato de Trabajo
Artículo 44 El contrato de trabajo se extinguirá cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Extinción del contrato de trabajo;
>(2) Los empleados comienzan a disfrutar de los beneficios del seguro de pensión básico de acuerdo con la ley;
(3) El trabajador muere, o es declarado muerto o desaparecido por el Tribunal Popular;
(4) El empleador es declarado en quiebra de conformidad con la ley;
(5) La licencia comercial del empleador es revocada, se le ordena cerrar o revocar, o el empleador decide disolverse anticipadamente; p>
( 6) Otras situaciones previstas en leyes y reglamentos administrativos.
Artículo 47 La compensación económica se pagará en función del número de años que el trabajador haya trabajado en la unidad, y un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario.
Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será el salario promedio mensual del trabajador 3 veces, y el plazo máximo para pagar la compensación económica a los trabajadores no excederá de 12 años.
El salario mensual mencionado en este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo.