Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Qué debo hacer si el propietario de la vivienda pública de alquiler se ha ido?

¿Qué debo hacer si el propietario de la vivienda pública de alquiler se ha ido?

El período de espera para las viviendas públicas de alquiler es generalmente de cinco años y puede seguir esperando.

Medidas para la administración de viviendas públicas de alquiler

Artículo 10 Los solicitantes registrados como candidatos en espera serán gestionados para viviendas públicas de alquiler durante el período de espera.

Las autoridades municipales de seguridad de la vivienda y los gobiernos populares a nivel de ciudad y condado deben determinar razonablemente el período de espera para viviendas públicas de alquiler en función del nivel de desarrollo económico local y la demanda de viviendas públicas de alquiler, y presentarlo. al gobierno popular al mismo nivel para su aprobación antes de su implementación y anunciarlo al público. El período de espera generalmente no supera los 5 años.