¿Bajo qué condiciones puedo emitir una factura por las tarifas de la conferencia? Soy una organización sin fines de lucro. ¿Qué impuestos tengo que pagar? ¿Cuál es la tasa impositiva?
Las tarifas de la conferencia son servicios de consultoría, con una tasa impositiva del 6% para los contribuyentes generales y del 3% para los contribuyentes de pequeña escala.
Como sugiere el nombre, se refiere a todos los gastos razonables incurridos para la celebración de una reunión, incluido el alquiler del lugar, los materiales de la reunión, el transporte, el té, las comidas, el alojamiento, etc. , contiene mucho contenido.
De acuerdo con los métodos operativos comunes actuales, es fácil aprovechar las lagunas y cometer errores, lo que desencadena una serie de pensamientos y problemas. Los departamentos relevantes deben prestarle atención y estandarizar el manejo de las "conferencias". honorarios" para que sea legal y razonable. , no se les puede permitir hacer lo que quieran.
Datos ampliados:
De acuerdo con la normativa vigente vigente, si se puede distinguir claramente el contenido de "honorarios de conferencias", todos los gastos de comida y alojamiento se tratarán como "gastos de entretenimiento empresarial". , no se puede incluir en "gastos oficiales-honorarios del congreso". Este método de provisión y manejo relativamente absoluto es algo irrazonable, lo que también es la razón indirecta por la que las "tarifas de conferencias" están ocultas al público.
Existen dos tipos de "honorarios de conferencias". Uno son los gastos incurridos por la unidad para la celebración de reuniones de negocios, que se deducen de la parte cobrada a los participantes, o los paga en su totalidad el organizador de la reunión, el otro son los honorarios de agencia que cobra el organizador de la reunión por asistir a las reuniones organizadas por superiores o; otras unidades.
En ambos casos están incluidos todos los gastos ocasionados en la celebración de la reunión, pudiendo por supuesto también gastos como comidas, alojamiento, etc. Evidentemente no es razonable tratar las situaciones mencionadas por igual y sin distinción.
Los gastos ocasionados en la primera situación deben poder distinguir el contenido y tratarlo de forma diferente según su diferente naturaleza. El alquiler de las salas de conferencias, los materiales de la conferencia y los gastos de transporte deben figurar como "gastos oficiales - gastos de la conferencia", y los gastos de comidas y alojamiento deben figurar como "gastos de entretenimiento empresarial". Por lo general, no debería haber ninguna factura denominada "tarifa de conferencia".
Sin embargo, la segunda situación es completamente diferente. Siempre que sea razonable y razonable, la participación en reuniones organizadas por superiores u otras unidades debe estar dentro del alcance de los "honorarios de la conferencia". La factura de "honorarios de la conferencia" emitida por el organizador de la conferencia debe reembolsarse en "gastos oficiales de la conferencia". "honorarios" y no tiene nada que ver con "gastos de entretenimiento empresarial".
Si tienes comidas, alojamiento, etc. Al estar incluidas ciegamente en el alcance de los "gastos de entretenimiento empresarial" sin distinguir la naturaleza del contenido, algunas unidades aprovecharán las lagunas políticas y utilizarán facturas generales de "honorarios de conferencias" emitidas por la industria de servicios para ingresar en sus cuentas, lo que provocará lagunas en la gestión y desventajas.
Enciclopedia Baidu-Tarifa de la conferencia