¿Qué trámites se requieren para cambiar el nombre de un propietario de vivienda pública de alquiler?
1. El solicitante presenta un informe de solicitud al ama de llaves de la estación de administración de viviendas bajo su jurisdicción, y el ama de llaves revisará los materiales presentados. por el solicitante y firmar la opinión de manejo;
2. Si los materiales están completos y cumplen con los requisitos, la estación de administración de vivienda, la oficina de administración de vivienda y el departamento de administración de arrendamiento investigarán y verificarán la situación de vida del solicitante y estado de la vivienda;
3. Después de la investigación y verificación, la oficina de administración de vivienda firmará un dictamen y lo presentará a la Sección de Administración de Arrendamientos, al subdirector a cargo y al director para su revisión. La Oficina de Gestión de Vivienda Pública informará a la Autoridad de Vivienda Municipal para su aprobación en lotes según el estado de aceptación;
4 Después de la aprobación de la Autoridad de Vivienda Municipal, la Autoridad de Vivienda anunciará la información básica del nombre. cambio en la ubicación de la casa;
5. Después de publicar que no hay objeciones, la Sección de Registro de Derechos de Propiedad de la Oficina de Administración de Vivienda Municipal emitirá un aviso de cambio de nombre a la Oficina de Administración de Vivienda Pública, y la Oficina de Gestión de Vivienda Pública enviará el aviso a la Oficina de Gestión de Vivienda, y la Oficina de Gestión de Vivienda notificará al solicitante para que acuda a la Sección de Gestión de Arrendamientos para completar los trámites;
6. procedimientos, el Departamento de Administración de Arrendamientos transmitirá de inmediato los materiales y la información relevantes a la Oficina de Administración de Vivienda.
Base jurídica: Artículo 23 de las “Medidas para la Ordenación de la Vivienda Pública de Alquiler”.
Si es necesario cambiar de vivienda pública de alquiler por motivos de empleo, escolarización de los hijos, etc., el arrendatario podrá cambiar la vivienda pública de alquiler alquilada con el consentimiento del propietario de la vivienda pública de alquiler o de la unidad operativa. confiado por él.
Artículo 16
Después de seleccionar una vivienda pública de alquiler como objeto de arrendamiento, el propietario de la vivienda pública de alquiler o de la unidad operativa encomendada por ella deberá firmar un contrato de arrendamiento por escrito con el objeto de arrendamiento.
Antes de firmar un contrato de arrendamiento, el propietario o la unidad operativa por él encomendada deberá explicar claramente al arrendatario los términos del contrato de arrendamiento y las circunstancias en las que debe devolverse la vivienda pública en alquiler.