¿Cuántos días en enero están desocupadas las viviendas públicas de alquiler?
¿Se encontrarán desocupadas las viviendas públicas de alquiler?
En el futuro, cada proyecto de vivienda pública de alquiler estará equipado con un administrador de la casa, que no solo será responsable de tareas diarias como firmar contratos de arrendamiento, renovar contratos de arrendamiento y cobrar el alquiler. y también realizar inspecciones de viviendas públicas alquiladas. Si se descubre que un hogar inquilino ha violado las normas sobre el uso de viviendas públicas de alquiler, el hogar será seleccionado al azar. Si se encuentran siete tipos de infracciones, incluida la desocupación y el subarrendamiento de viviendas públicas de alquiler, se recuperará la casa.
Las viviendas públicas de alquiler no se pueden subarrendar a terceros. Las viviendas públicas de alquiler son viviendas asequibles proporcionadas por el estado con apoyo de políticas, estándares de construcción y niveles de alquiler limitados. Es adecuada para familias urbanas de ingresos medianos bajos con dificultades de vivienda, trabajadores recién empleados sin vivienda y trabajadores migrantes con empleo estable. áreas urbanas. Si el arrendatario subarrenda o cambia sin autorización, deberá devolver la vivienda pública en alquiler.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. En caso de duda, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica:
Artículo 27 de las “Medidas para la Ordenación de la Vivienda Pública de Alquiler”.
Si el arrendatario comete cualquiera de los siguientes actos, deberá devolver la vivienda pública de alquiler:
(1) Prestar, subarrendar o permutar la vivienda pública de alquiler alquilada sin autorización; p> >
(2) Cambiar el uso de la vivienda pública de alquiler;
(3) Destruir o decorar la vivienda pública de alquiler sin autorización y negarse a restaurarla a su estado original;
(4) Construir viviendas públicas de alquiler en espacios públicos Participar en actividades ilegales en viviendas de alquiler;
(5) Viviendas públicas de alquiler dejadas inactivas durante más de 6 meses sin motivos justificables.
(6) La vivienda ha estado desocupada por más de tres meses;
(7) Inmigración o fallecimiento.