¿Cuál es el ratio máximo de contribución al fondo de previsión de los funcionarios públicos?
Base legal: Artículo 14 del "Reglamento de Gestión del Fondo de Previsión para la Vivienda". Una unidad de nueva creación deberá registrarse en el Centro de Gestión del Fondo de Previsión para la Vivienda dentro de los 30 días siguientes a la fecha de establecimiento y los 20 días a partir de la fecha de registro y creación de cuentas de fondos de previsión de vivienda para los empleados en cuestión de días. Si una unidad se fusiona, divide, cancela, disuelve o quiebra, la unidad original u organización de liquidación deberá acudir al Centro de Gestión del Fondo de Previsión para la Vivienda para gestionar los cambios o la baja del registro dentro de los 30 días siguientes a la fecha de las circunstancias mencionadas anteriormente. procedimientos de traslado o sellado de los empleados de la unidad dentro de los 20 días.