Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Qué debo hacer si aún no puedo obtener el dinero después del arbitraje laboral?

¿Qué debo hacer si aún no puedo obtener el dinero después del arbitraje laboral?

Análisis jurídico: La forma más sencilla es llamar a la brigada local de aplicación y supervisión de la legislación laboral, que supervisará e inspeccionará al empleador de acuerdo con el "Reglamento de Supervisión del Trabajo y Seguridad Social" y le ordenará el pago de los salarios impagos.

Base jurídica: “Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales de la República Popular China”.

Artículo 2 Esta Ley se aplica a los conflictos laborales entre los siguientes empleadores y trabajadores dentro del territorio de la República Popular China:

(1) Controversias que surjan de la confirmación de las relaciones laborales;

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(2) Controversias derivadas de la celebración, ejecución, modificación, rescisión y terminación de contratos de trabajo;

(3) Controversias derivadas de destitución, despido, renuncia y renuncia;

(4) Conflictos derivados de jornada laboral, descanso y vacaciones, seguro social, bienestar, formación, protección laboral, etc.;

(5) Conflictos derivados de cuestiones laborales remuneraciones, gastos médicos por accidentes de trabajo, compensaciones económicas o conflictos de compensación;

(6) Otros conflictos laborales previstos en las leyes y reglamentos.

Artículo 21 La Comisión de Arbitraje de Conflictos Laborales será responsable de la jurisdicción de los conflictos laborales dentro de su jurisdicción.

Los conflictos laborales estarán bajo la jurisdicción del comité de arbitraje de conflictos laborales donde se ejecute el contrato de trabajo o donde esté ubicado el empleador. Si ambas partes solicitan arbitraje ante el comité de arbitraje de conflictos laborales del lugar donde se ejecuta el contrato laboral y se encuentra el empleador, el comité de arbitraje de conflictos laborales del lugar donde se ejecuta el contrato laboral tendrá jurisdicción.

Artículo 27, párrafo 1: El plazo de prescripción para solicitar el arbitraje de conflictos laborales es de un año. El plazo de prescripción del arbitraje se computa a partir de la fecha en que las partes supieron o debieron haber sabido que sus derechos habían sido vulnerados.