Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Se pueden hipotecar las viviendas públicas de alquiler?

¿Se pueden hipotecar las viviendas públicas de alquiler?

Análisis jurídico: Las viviendas públicas de alquiler no pueden ser hipotecadas, porque las viviendas públicas de alquiler no son propiedad de particulares, sino del gobierno o de instituciones públicas.

Base jurídica: Artículo 7 de las “Medidas para la Ordenación de la Vivienda Pública de Alquiler”. Para solicitar vivienda pública de alquiler, debe cumplir las siguientes condiciones:

(1) No hay casa en el área local o el área de vivienda es inferior al estándar prescrito;

(2) Los ingresos y la propiedad son inferiores al estándar prescrito.

(3) Si el solicitante es un trabajador migrante, ha estado empleado localmente de manera estable durante el número de años especificado.

Las condiciones específicas serán determinadas por las autoridades municipales de seguridad de la vivienda y los gobiernos populares a nivel municipal y de condado en función de las condiciones reales de la región, y se implementarán y anunciarán al público después de la aprobación por los gobiernos populares al mismo nivel.