Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - El acuerdo verbal de la red arrendadora se refiere a

El acuerdo verbal de la red arrendadora se refiere a

El acuerdo verbal de la red arrendadora se refiere al compromiso verbal de la red arrendadora, sin compromisos contractuales escritos.

El acuerdo oral también es una forma importante de contrato. Sin embargo, tiene limitaciones obvias. Se refiere a un acuerdo alcanzado oralmente sin forma escrita, que generalmente tiene efectos legales. Un acuerdo verbal equivale a un contrato escrito. La ley exige que ciertos tipos de contratos se realicen por escrito o estén certificados o atestiguados por un tercero.

Extensión:

Acuerdo verbal, siempre que su contenido no viole las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos; una de las partes no utilice fraude o coacción para celebrar el contrato y perjudicar los intereses del país; no existe colusión maliciosa para perjudicar los intereses del país, del colectivo o de un tercero; no oculta fines ilegales en formas legales; no hay perjuicio para los intereses del público; ; el objeto del contrato tiene capacidad para la conducta civil y los derechos civiles si la intención es verdadera, el contrato está establecido y tiene efectos jurídicos y está protegido por la ley;