Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Puedo llamar a la Brigada de Inspección del Trabajo por conflictos laborales?

¿Puedo llamar a la Brigada de Inspección del Trabajo por conflictos laborales?

Subjetividad jurídica:

De nada sirve acudir a la brigada de inspección del trabajo para un arbitraje laboral. Quejarse ante la brigada de inspección del trabajo es uno de los procedimientos previos al arbitraje laboral. Las partes con disputas de arbitraje laboral no resueltas pueden presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción del laudo arbitral.

Objetividad jurídica:

Artículo 5 de la “Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales” Si las partes no están dispuestas a negociar, no logran llegar a un acuerdo o no cumplen el acuerdo de conciliación después de alcanzarlo, podrán solicitar mediación a una organización de mediación; aquellos que no estén dispuestos a mediar, no lleguen a la mediación o no cumplan el acuerdo de mediación después de alcanzarlo, podrán solicitar arbitraje a la Comisión de Arbitraje de Conflictos Laborales; No estén satisfechos con el laudo arbitral podrán presentar una demanda ante el Tribunal Popular, salvo disposición en contrario de esta Ley. Artículo 48 Si un trabajador no está satisfecho con el laudo arbitral previsto en el artículo 47 de esta Ley, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción del laudo arbitral.