Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Puedo seguir viviendo en una vivienda pública de alquiler después de solicitarla en nombre de mi empleador?

¿Puedo seguir viviendo en una vivienda pública de alquiler después de solicitarla en nombre de mi empleador?

1. Si renuncia, puede continuar viviendo en una casa pública de alquiler; la casa pública de alquiler fue solicitada originalmente a nombre de su empleador y ha sido alquilada por usted, por lo que su renuncia no tiene nada que ver; que ver con la casa alquilada, siempre y cuando continúe pagando el alquiler. Continuar viviendo.

2. Para referencia específica, el Artículo 30 del Capítulo 4 de Vivienda Pública de Alquiler: Si el plazo del contrato de arrendamiento vence y es necesario renovarlo, el arrendatario deberá informar al nivel de ciudad o condado 3 meses antes de la fecha de vencimiento. vencimiento del plazo de arrendamiento. El departamento de seguridad de la vivienda del Gobierno Popular presenta una solicitud.

1. El departamento de seguridad de vivienda del gobierno popular a nivel municipal y de condado trabajará con los departamentos pertinentes para revisar si el solicitante cumple con las condiciones. Si se cumplen las condiciones después de la revisión, se renovará el contrato de arrendamiento y se firmará un contrato de renovación de arrendamiento.

2. El arrendatario que no solicite la renovación del contrato de arrendamiento según lo requerido deberá desalojar la vivienda pública de alquiler al vencimiento del período de arrendamiento; el arrendatario que se niegue a desalojar será el propietario de la vivienda pública de alquiler. O la unidad operativa a la que se le ha confiado puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular para exigir al arrendatario que desocupe la vivienda pública de alquiler.

Información ampliada:

Capítulo 4

Uso y salida

Artículo 24 Propiedad de la vivienda pública *** de alquiler El propietario y el La unidad operativa encomendada por él será responsable del mantenimiento y reparación de la vivienda pública de alquiler y sus instalaciones de apoyo para garantizar el uso normal de la vivienda pública de alquiler.

Los costos de reparación y mantenimiento de las viviendas públicas de alquiler invertidos por el gobierno se cubren principalmente con los ingresos por alquiler de las viviendas públicas de alquiler y las instalaciones de servicios comerciales de apoyo, y el déficit se cubre mediante acuerdos presupuestarios fiscales; en construcción Los gastos de mantenimiento y reparación de las viviendas públicas de alquiler correrán a cargo del propietario y de la unidad operativa por él confiada.

Artículo 25 El propietario de viviendas públicas de alquiler y la unidad operativa encomendada por él no cambiarán la naturaleza, el propósito y el uso planificado de las viviendas asequibles de viviendas públicas de alquiler y sus instalaciones de apoyo.

Artículo 26 El arrendatario no podrá decorar la vivienda pública de alquiler arrendada sin autorización. Si la decoración fuera realmente necesaria, se deberá obtener el consentimiento del propietario de la vivienda pública de alquiler o de la unidad de explotación por él encomendada.

Artículo 27 Si el arrendatario comete cualquiera de los siguientes actos, deberá devolver la vivienda arrendada a la taberna:

(1) Prestar, subarrendar o alterar la vivienda arrendada sin autorización ***Reasentar una casa;

(2) Cambiar el uso de la casa alquilada***;

(3) Destruir o decorar la casa alquilada sin autorización*** Rechazar para restaurar la vivienda a su estado original;

(4) Realizar actividades ilegales en viviendas públicas de alquiler;

(5) Dejarla inactiva durante más de 6 meses consecutivos sin motivos justificables Vivienda pública de alquiler.

Si el arrendatario se niega a devolver la vivienda pública de alquiler, el departamento de seguridad de la vivienda del gobierno popular a nivel de ciudad o condado le ordenará que la devuelva dentro de un plazo si el arrendatario no la devuelve; dentro del plazo, el departamento de seguridad de la vivienda del gobierno popular a nivel de ciudad o condado podrá solicitar al Tribunal Popular la ejecución obligatoria de conformidad con la ley.

Artículo 28: Los departamentos de seguridad de la vivienda de los gobiernos populares a nivel municipal y distrital fortalecerán la supervisión e inspección del uso de las viviendas públicas de alquiler.

El propietario de la vivienda pública de alquiler y la unidad operativa confiada por este deberán realizar inspecciones sobre el uso de la vivienda pública de alquiler por parte del arrendatario. Si se descubre alguna violación de las disposiciones de estas Medidas, el propietario deberá tomar medidas de inmediato. según la ley. Manejar o reportar a los departamentos correspondientes.

Artículo 29 Si el arrendatario incumple los atrasos del alquiler por más de 6 meses en total, deberá desalojar la vivienda pública de alquiler; si se niega a desalojar, perderá la propiedad de la vivienda pública de alquiler. La persona o la unidad operativa por ella confiada podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular para exigir al arrendatario que desocupe la vivienda pública de alquiler.

Artículo 31 Si el arrendatario concurre alguna de las siguientes circunstancias, deberá desalojar la vivienda pública de alquiler:

(1) Se presenta la solicitud de renovación del contrato de arrendamiento pero no cumple los requisitos requisitos después de la revisión Condiciones para la renovación del contrato de arrendamiento;

(2) Durante el período de arrendamiento, se obtiene otra vivienda mediante compra, donación, herencia, etc. y ya no cumple con las condiciones de vivienda pública de alquiler;

(3) Arrendar o comprar otra vivienda asequible durante el período de arrendamiento.

Si el arrendatario concurre alguna de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, el propietario de la vivienda pública de alquiler o de la unidad operativa por él encomendada concertará para él un plazo de reubicación razonable. El alquiler será el estipulado en el contrato.

Si la vivienda pública *** arrendada no queda desocupada al vencimiento del plazo de reubicación y el arrendatario no dispone de otra vivienda, el alquiler se pagará según el precio de mercado si el arrendatario tiene otra vivienda; , la propiedad de la vivienda pública de alquiler *** será La persona o la unidad operativa por ella encomendada podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular para solicitar la vacancia de la vivienda pública de alquiler.

Artículo 32: Las agencias de intermediación inmobiliaria y sus corredores no prestarán servicios de intermediación tales como arrendamiento, subarrendamiento o venta de viviendas públicas de alquiler.

Enciclopedia Baidu-Vivienda pública *** de alquiler