Condiciones para el cambio de propietario de una vivienda pública de alquiler
(1) Libro de registro de domicilio del solicitante y cédula de identidad (original y copia) con sello;
(2) Público contrato de alquiler de vivienda;
(3) Si el arrendatario fallece, presentar el certificado de defunción (original y copia);
(4) Si el registro del hogar se muda fuera de esta ciudad, presentar la Certificación de cancelación del registro de domicilio (original y copia);
(5) Certificado notarial de consentimiento a la transferencia firmado por el cónyuge, hijos y padres del arrendatario;
(6) Solicitud para la transferencia de propiedad.
Base legal: Artículo 27 de las “Medidas para la Administración de la Vivienda Pública de Alquiler” Si el arrendatario comete cualquiera de los siguientes actos deberá devolver la vivienda pública de alquiler:
( 1) Transferir el inmueble alquilado a la vivienda pública de alquiler Prestar, subarrendar o permutar vivienda pública de alquiler sin autorización;
(2) Cambiar el uso de la vivienda pública de alquiler;
(3) Destruir o decorar viviendas públicas de alquiler sin autorización y negarse a restaurarlas en su estado original;
(4) Participar en actividades ilegales en viviendas públicas de alquiler;
(5) Viviendas públicas de alquiler inactivo durante más de 6 meses sin motivos justificables.