¿Puedo aportar capital a los derechos de arrendamiento de terrenos?
No es necesario aportar capital con los derechos de arrendamiento del terreno, pero se puede aportar capital con los derechos de uso del suelo obtenidos tras arrendar el terreno. Los derechos de uso de la tierra aportados por la inversión son derechos de uso de la tierra de propiedad estatal y derechos de uso de la tierra arrendados, y la tierra no conlleva derechos cuando se realiza la inversión.
Objetividad jurídica:
Artículo 27 de la “Ley de Sociedades Anónimas”: Los accionistas pueden aportar capital en moneda, o en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de suelo y otras monedas no disponibles. -Inversión inmobiliaria dineraria que se valora y se transmite conforme a la ley. Sin embargo, se excluyen los inmuebles que no puedan utilizarse como aportes de capital según las leyes y reglamentos administrativos. Los bienes no monetarios utilizados como aportes de capital deben ser evaluados y verificados, y su valor no debe sobreestimarse ni subestimarse. Si las leyes y reglamentos administrativos contienen disposiciones sobre evaluación y fijación de precios, prevalecerán dichas disposiciones. Artículo 60 de la Ley de Gestión de Tierras: Las organizaciones económicas colectivas rurales que utilicen terrenos de construcción determinados en el plan general de uso de la tierra de aldeas y ciudades para establecer empresas, o establezcan empresas conjuntamente con otras unidades e individuos en forma de derechos de uso de la tierra, deberán presentar documentos de aprobación pertinentes al El departamento de recursos naturales del gobierno popular local a nivel de condado o superior presenta una solicitud, que será aprobada por el gobierno popular local a nivel de condado o superior de acuerdo con la autoridad de examen y aprobación estipulada por el provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, si se trata de ocupación de terrenos agrícolas, se procederá de conformidad con el artículo 44 de esta Ley.