Red de conocimientos turísticos - Preguntas y respuestas del Hotel - Firmé un contrato de banquete de bodas con el hotel hace seis meses y pagué un depósito de 5.000 yuanes. Por alguna razón se canceló la recepción de la boda. ¿Puedes negociar para recuperar tu depósito?

Firmé un contrato de banquete de bodas con el hotel hace seis meses y pagué un depósito de 5.000 yuanes. Por alguna razón se canceló la recepción de la boda. ¿Puedes negociar para recuperar tu depósito?

En primer lugar, notifique al hotel por escrito inmediatamente para cancelar el banquete y conserve la prueba de la notificación, como el bono exprés EMS.

Después de enviar esta notificación por escrito, no negocie daños y perjuicios con el hotel ni se lo recuerde.

No podrás recuperar tu depósito, de lo contrario el hotel se peleará contigo.

En términos generales, aunque el contrato se firma de esta manera, siempre que notifique al hotel a tiempo, las pérdidas del hotel serán relativamente pequeñas, por lo que el hotel generalmente no lo perseguirá en serio y No tendrá tiempo para hacer negocios. (Pero si insiste en recuperar su depósito y molesta al hotel, ese no es necesariamente el caso).

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En segundo lugar, si el hotel quiere demandarlo, también puede suplica clemencia. Aunque no le di un aviso de 60 días, le di un aviso de 50 días. No se causaron pérdidas reales al hotel y se solicitó que se redujera el importe de la indemnización por daños y perjuicios. Los tribunales generalmente apoyan esto.

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Según la Interpretación Judicial 2 de la Ley de Contratos:

Artículo 29: Si una parte alega que la indemnización pactada es demasiado alta y solicita una reducción apropiada, el Tribunal Popular La decisión debe tomarse con base en las pérdidas reales, la consideración integral del cumplimiento del contrato, el grado de culpa de las partes, los beneficios esperados y otros factores integrales, y con base en los principios de equidad, buena fe y credibilidad.

Si la indemnización liquidada acordada por las partes excede el 30% de las pérdidas causadas, generalmente se puede considerar como "pérdidas excesivas causadas" según lo estipula el párrafo 2 del artículo 114 de la Ley de Contratos.