Las hojas de asistencia de los empleados deben conservarse durante varios años para referencia futura
La ley no estipula cuántos años se deben conservar las hojas de asistencia, pero los registros de pago de salarios deben conservarse durante más de 2 años.
Según el artículo 6 de las "Disposiciones provisionales sobre pago de salarios", el empleador deberá pagar los salarios a los propios trabajadores. Si el propio trabajador no puede recibir el salario por cualquier motivo, sus familiares u otras personas pueden encomendar a otros que lo cobren en su nombre. El empleador puede confiar a un banco la emisión de salarios en su nombre. El empleador deberá registrar por escrito la cantidad, hora, nombre y firma del destinatario de los salarios pagados a los trabajadores, y conservarlos durante más de dos años para referencia futura. El empleador deberá proporcionar al empleado una lista de salarios personal al pagar los salarios.