Análisis legal: Actualmente, la instalación de vallas publicitarias en la puerta requiere la aprobación de la Dirección Industrial y Comercial y la Dirección de Gestión Urbana. Vaya primero a la oficina industrial y comercial y traiga: 2 copias de la licencia comercial de la tienda; 2 copias del contrato de arrendamiento; 2 copias del informe de solicitud de vallas publicitarias exteriores; 2 copias del certificado de propiedad; mapa de ubicación de almacenamiento. Luego de acudir a la oficina industrial y comercial a entregar los materiales, le pedirá que entregue uno de los materiales al departamento de gestión urbanística. El tiempo de tramitación del departamento de gestión urbanística es de 5 días laborables. Luego de la aceptación de la gestión urbanística, se entregará un formulario de aceptación y luego se devolverá a la oficina industrial y comercial. El tiempo de tramitación industrial y comercial es de 7 días hábiles. Si la instalación se fuerza sin aprobación, primero se debe desmantelar, luego multar y luego aprobar antes de la instalación. Las especificaciones de la publicidad puerta a puerta son diferentes en cada comunidad. Ni la administración industrial y comercial ni la normativa de gestión urbanística han estipulado que dependa de la estructura exterior de la vivienda.
Base jurídica: Artículo 6 de la Ley de Publicidad de la República Popular China. El departamento de administración y supervisión del mercado del Consejo de Estado es responsable de la supervisión y gestión de la publicidad en todo el país, y los departamentos pertinentes del Consejo de Estado son responsables de la gestión de la publicidad dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades. Los departamentos de supervisión y gestión del mercado local a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión de la publicidad dentro de sus respectivas regiones administrativas, y los departamentos pertinentes de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables de la gestión de la publicidad. dentro de sus respectivos ámbitos de responsabilidad.
Artículo 7 Las organizaciones de la industria publicitaria, de acuerdo con las disposiciones de las leyes, reglamentos y estatutos, formularán normas industriales, fortalecerán la autodisciplina de la industria, promoverán el desarrollo de la industria y guiarán a los miembros para que participen en actividades publicitarias de acuerdo con la ley y promover la integridad de la industria publicitaria.