Artículos 51 52 53 54 de la Ley de Contrato de Tierras
Si las partes no están dispuestas a negociar o mediar, o si la negociación o la mediación fracasan, pueden solicitar arbitraje a la institución de arbitraje de contratos de tierras rurales, o pueden presentar directamente una demanda ante el Tribunal Popular.
Artículo 52 Si las partes interesadas no están satisfechas con el laudo arbitral de la institución de arbitraje de contratos de tierras rurales, podrán presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción del laudo. Si dentro del plazo no se interpone demanda, la sentencia surtirá efectos jurídicos.
Artículo 53 Cualquier organización o individuo que infrinja los derechos de gestión del contrato de tierras del contratista asumirá la responsabilidad civil.
Artículo 54 Si el empleador comete cualquiera de los actos siguientes, incurrirá en responsabilidades civiles tales como detener la infracción, devolver la propiedad original, restituirla a su estado original, remover obstáculos, eliminar peligros e indemnizar. por pérdidas:
(1) Interferir en la autonomía de producción y operación que disfruta el contratista conforme a la ley;
(2) Violar las disposiciones de esta ley para recuperar y ajustar el terreno contratado.
(3) Obligar u obstruir al contratista a transferir los derechos de gestión del contrato de tierras.
(4) Utilizar a la minoría para obedecer a la mayoría como excusa para obligar al contratista a renunciar; o cambiar los derechos de gestión de contratos de tierras, Transferencia de derechos de gestión de contratos de tierras.
(5) Recuperar terrenos contratados para licitación y contratación basándose en la división de "campos de racionamiento" y "campos de responsabilidad"
(6) Recuperar terrenos contratados para compensar atrasos; .
(7) Privar e infringir los derechos de gestión de contratos de tierras de las mujeres de conformidad con la ley;
(8) Otros comportamientos que infrinjan los derechos de gestión de contratos de tierras.