Red de conocimientos turísticos - Preguntas y respuestas del Hotel - ¿Es reembolsable el depósito de alquiler verbal?

¿Es reembolsable el depósito de alquiler verbal?

Subjetividad jurídica:

El depósito verbal de alquiler es reembolsable. Si el contrato de arrendamiento no puede continuar ejecutándose por causas de fuerza mayor o del arrendador, el arrendatario podrá exigir al arrendador la devolución del depósito; sin embargo, si el contrato de arrendamiento no puede continuar ejecutándose por causas propias del arrendatario, el arrendatario podrá exigirle la devolución del depósito; El depósito generalmente no es reembolsable.

Objetividad jurídica:

Artículo 586 del Código Civil, las partes pueden acordar que una de ellas pague un depósito a la otra como garantía de los derechos del acreedor. El contrato de arras se establece cuando efectivamente se paga la fianza. El monto del depósito será pactado por las partes, sin embargo, no podrá exceder del 20% del objeto del contrato principal, y el exceso no tendrá efecto de depósito; Si el monto del depósito real pagado es mayor o menor que el monto acordado, se considerará que ha cambiado el monto del depósito acordado. Artículo 587: Si el deudor cumple su deuda, el depósito se utilizará como pago o se recuperará. Si la parte que pagó el depósito no cumple con sus deudas o cumple la deuda de manera incompatible con el acuerdo, resultando en que el objeto del contrato no pueda realizarse, la parte no tendrá derecho a solicitar la devolución del depósito si; parte que recibe el depósito no cumple con sus deudas o cumple la deuda de manera inconsistente con el acuerdo, lo que resulta en que el propósito del contrato no se puede lograr, el depósito se duplicará.