Trámites de arrendamiento de terrenos
Según el artículo 37 de la "Ley de Contratos de Terrenos Rurales", cuando los derechos de gestión de terrenos se transfieren mediante arrendamiento, ambas partes deben firmar un contrato escrito y comunicarlo al contratista para que conste.
El contratista de derechos de gestión de contratos de tierras puede decidir de forma independiente qué método de transferencia adoptar entre los métodos de transferencia prescritos por el estado.
La forma escrita del contrato de arrendamiento de derechos de gestión territorial se firmará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la "Ley de Contratos de Suelo Rural". Podrá escribir según lo dispuesto en esta cláusula.
Puede consultar los procedimientos de arrendamiento de terrenos rústicos mencionados anteriormente.