Regulaciones que prohíben arrendar activos estatales
1. No se permite el alquiler de edificios de activos de propiedad estatal, pero es necesario. ser presentado al departamento financiero del mismo nivel para su aprobación previa. No se permite alquiler ni préstamo sin aprobación.
2. El artículo 19 de las "Medidas provisionales para la gestión de los activos estatales de las instituciones públicas" estipula que el uso de los activos estatales de las instituciones públicas incluye el uso propio y externo, el arrendamiento, préstamos y garantías.
3. El artículo 21 de las "Medidas Provisionales para la Gestión de Activos de Instituciones Públicas" estipula que cuando las instituciones públicas pretendan utilizar, arrendar, prestar o garantizar activos de propiedad estatal a terceros , deben realizar los estudios de viabilidad necesarios y presentar solicitudes, y presentarlas al departamento financiero del mismo nivel para su aprobación. Si las leyes y reglamentos administrativos dispusieran lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.
4. Las entidades públicas realizarán una gestión especial de sus activos de uso externo, arrendamiento y préstamo, y divulgarán íntegramente la información relevante en los informes de contabilidad financiera.