¿Cuál es la diferencia entre cesión de terreno, subcontratación y arrendamiento?
? ¿Qué es la subcontratación?
Subcontratación significa que el contratista transfiere parte o la totalidad de los derechos de gestión de la tierra contratados a otros agricultores de la misma organización económica colectiva para la producción y gestión agrícola dentro de un período de tiempo determinado. Después de la subcontratación, la relación del contrato de terreno original permanece sin cambios y el contratista original continúa desempeñando los derechos y obligaciones estipulados en el contrato de contrato de terreno original. El Contratista será responsable ante el Subcontratista de acuerdo con las condiciones acordadas al momento de la subcontratación.
¿Qué es un arrendamiento?
Arrendamiento significa que el contratista arrienda parte o la totalidad de los derechos de manejo de tierras contratados a otros para la producción y operaciones agrícolas dentro de un período de tiempo determinado. Después del arrendamiento, la relación del contrato de terreno original permanece sin cambios y el contratista original continúa desempeñando los derechos y obligaciones estipulados en el contrato de contrato de terreno original. El arrendatario será responsable ante el contratista según las condiciones pactadas al momento del arrendamiento.
¿Qué es la transferencia?
Transferir significa que el contratista tiene una ocupación estable no agrícola o una fuente estable de ingresos, y previa solicitud del contratista y con el consentimiento de la parte contratante, parte o la totalidad del terreno contratado. Los derechos de gestión se transferirán a otras personas que se dediquen a la producción y gestión agrícola. Los agricultores deberán cumplir con sus derechos y obligaciones en virtud del correspondiente contrato de arrendamiento de tierras. Después de la transferencia, la relación contractual original con el terreno terminará automáticamente, y el contratista original perderá parte o la totalidad de sus derechos de contratación y gestión durante el período del contrato.
¿Cuáles son las principales diferencias entre cesión de suelo, subcontratación y arrendamiento?
●Similitudes entre subcontratación, arrendamiento y cesión:
(1) Subcontratación, arrendamiento y cesión son todos derechos reclamados por el contratista, o subcontratación, arrendamiento o cesión;
(2) La subcontratación, el arrendamiento y la transferencia son todas transferencias de parte o la totalidad de los derechos de gestión del contrato de tierras a otros agricultores, y se firma un contrato de transferencia por escrito;
(3 ) La subcontratación, el arrendamiento y la transferencia se determinan mediante negociación entre el contratista y el cesionario.
(4) La subcontratación, el arrendamiento y la cesión no excederán el plazo restante del período legal del contrato.
●La diferencia entre subcontratación, arrendamiento y transferencia:
(1) Al transferir, el contratista debe tener una ocupación no agrícola estable y una fuente de ingresos estable, pero la subcontratación y arrendamiento No existe tal restricción.
(2) La transferencia debe solicitarse con antelación y ser aprobada por el empleador, mientras que la subcontratación y el arrendamiento solo deben presentarse ante el empleador. La subcontratación la decide el contratista de forma independiente y no requiere su consentimiento; la transferencia debe estar sujeta al consentimiento del empleador. Sin el consentimiento del empleador, la transferencia es nula, a menos que el empleador no pueda decidir no aceptar o se demore en exponer los motivos.
(3) Después de la transferencia, el nuevo contratista establece una nueva relación contractual con el desarrollador, se termina la relación contractual entre el contratista original y el desarrollador, y la subcontratación y el arrendamiento continúan manteniendo la relación contractual original. . En el caso de subcontratación y arrendamiento, la relación contractual entre el contratista original y el emisor se mantiene inalterada una vez transcurrido el plazo de subcontratación y arrendamiento, el contratista original aún goza del derecho de contratar y explotar el terreno, sin embargo, no se producirá la transferencia; es diferente. Después de la transferencia, el derecho del contratista original a contratar y administrar el terreno finaliza y el cesionario firma un nuevo contrato de terreno con la parte emisora del contrato. A partir de la fecha de la transferencia, el contratista original ya no tiene derecho a contratar y operar el terreno transferido.
Para más detalles, consulte los artículos 37 y 39 de la "Ley de Contratos de Tierras Rurales"; los artículos 13 y 13 de las "Interpretaciones del Tribunal Popular Supremo sobre las cuestiones jurídicas aplicables en el juicio de tierras rurales". Casos de disputas contractuales" Catorce artículos.