Red de conocimientos turísticos - Preguntas y respuestas del Hotel - ¿La unidad paga impuesto al valor agregado al alquilar una casa? ¿Entra dentro del ámbito de sustitución del impuesto empresarial por el impuesto al valor añadido?

¿La unidad paga impuesto al valor agregado al alquilar una casa? ¿Entra dentro del ámbito de sustitución del impuesto empresarial por el impuesto al valor añadido?

Si la unidad alquila una casa y paga el impuesto aumentado, entra dentro del ámbito de sustitución del impuesto empresarial por el impuesto al valor añadido.

El artículo 3 de las "Medidas Provisionales para la Recaudación y Administración del Impuesto al Valor Agregado a los Contribuyentes que Prestan Servicios de Arrendamiento de Bienes Raíces" estipula que los contribuyentes generales pagarán el IVA de conformidad con las siguientes disposiciones: (1) General los contribuyentes pueden optar por pagar 2065438+2006 4 El método de cálculo del impuesto simplificado se aplica a los bienes inmuebles adquiridos antes del 30 de marzo y el impuesto a pagar se calcula a una tasa impositiva del 5%. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad tributaria nacional competente donde se encuentra el inmueble de acuerdo con los métodos impositivos anteriores. y declarar y pagar impuestos ante la autoridad tributaria nacional competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución. (2) Si un contribuyente general arrienda bienes inmuebles adquiridos después del 1 de mayo de 2016, se aplicará el método de cálculo del impuesto general. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a una tasa impositiva del 3% a la autoridad tributaria nacional competente donde se encuentra el inmueble. y declarar el impuesto ante la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución. Si un contribuyente general arrienda bienes inmuebles adquiridos antes de 2065438 + 30 de abril de 2006 y le resulta aplicable el método de cálculo del impuesto general, se aplicarán las disposiciones anteriores. El artículo 4 estipula que los pequeños contribuyentes pagarán el impuesto al valor agregado de conformidad con las siguientes disposiciones: (1) Cuando las entidades y los hogares industriales y comerciales individuales alquilen bienes inmuebles (excluidos los hogares industriales y comerciales individuales que alquilen casas), el impuesto pagadero será calcularse a una tasa impositiva del 5%. Para los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan sus casas, el impuesto a pagar se calcula a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5%. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad tributaria nacional competente donde se encuentra el inmueble de acuerdo con los métodos impositivos anteriores. y declarar y pagar impuestos ante la autoridad tributaria nacional competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución. (2) Si otras personas alquilan bienes inmuebles (excluidas casas), el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal local a cargo de la ubicación del inmueble. Si otras personas alquilan casas, el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal local a cargo de la ubicación del inmueble.

Método de cálculo del pago anticipado de impuestos por alquileres unitarios: el artículo 7 de las "Medidas Provisionales para la Recaudación y Administración del Impuesto al Valor Agregado para los Contribuyentes que Prestan Servicios de Operación y Arrendamiento Inmobiliario" estipula que el cálculo de los pagos anticipados de impuestos (1) los contribuyentes alquilan bienes inmuebles, se aplica el método de cálculo del impuesto general. Calcule el impuesto a pagar por adelantado de acuerdo con la siguiente fórmula: Impuesto a pagar por adelantado = ventas con impuestos incluidos ÷ (1+11%) × 3% (2) Si el contribuyente utiliza el método de cálculo de impuestos simplificado para alquilar bienes inmuebles, el impuesto a pagar por adelantado Los impuestos se calculan de acuerdo con la siguiente fórmula: Impuestos a pagar por adelantado = ventas con impuestos incluidos ÷ (65438)

Base Legal

"Disposiciones provisionales para la recaudación y Gestión del Impuesto al Valor Agregado a los Contribuyentes que Prestan Servicios de Arrendamiento de Bienes Raíces" Artículo 7 de las Medidas Cálculo de Impuestos Pagos Anticipados (1) El método de cálculo del impuesto general se aplica a los contribuyentes que alquilan bienes inmuebles, y los impuestos pagados anticipadamente se calculan de acuerdo con lo siguiente Fórmula: Impuestos pagados por adelantado = Impuesto sobre las ventas incluyendo impuestos ÷ (1 + 11%) × 3% (2) El método de cálculo de impuestos simplificado se aplica a los contribuyentes que arriendan bienes inmuebles. Calcule el impuesto que se debe pagar por adelantado de acuerdo con la siguiente fórmula: Impuesto a pagar = impuesto incluido en las ventas ÷ (1+5%) × 5% (3) Para hogares industriales y comerciales individuales que alquilan casas, calcule el impuesto que se debe pagarse por adelantado de acuerdo con la siguiente fórmula: Monto del impuesto = impuesto sobre las ventas incluido ÷ (1+5%) × 1,5%.