Red de conocimientos turísticos - Preguntas y respuestas del Hotel - Impuesto de alquiler de centro comercial

Impuesto de alquiler de centro comercial

Los contribuyentes generales que arrienden bienes inmuebles pagarán el impuesto al valor agregado de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. Los contribuyentes generales podrán optar por aplicar el método de cálculo simplificado del impuesto para arrendar bienes inmuebles adquiridos antes del 30 de abril de 2016, a una tasa del 5% La tasa impositiva calcula el monto del impuesto a pagar.

Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no se encuentran en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal nacional competente donde se encuentre el inmueble de acuerdo a los métodos de tributación anteriores, y declarar el impuesto a la autoridad tributaria nacional competente donde esté ubicada la institución.

Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución.

2. Si un contribuyente general arrenda bienes inmuebles adquiridos después del 16 de mayo de 201, se aplicará el método de cálculo del impuesto general.

Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar por adelantado el impuesto a una tasa impositiva del 3% a la autoridad fiscal nacional competente. donde esté ubicado el inmueble, y declarar el impuesto a la autoridad tributaria nacional competente donde esté ubicada la institución.

Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución.

Si un contribuyente general arrienda inmuebles adquiridos antes del 2065438+ 30 de abril de 2006, y le resulta aplicable el método de cálculo del impuesto general, se aplicarán las disposiciones anteriores.

Los pequeños contribuyentes que arrienden bienes inmuebles pagarán el impuesto al valor agregado de conformidad con las siguientes disposiciones:

1. Las unidades y hogares industriales y comerciales individuales que arrienden bienes inmuebles ( excluidas las casas alquiladas por hogares industriales y comerciales individuales) pagarán el impuesto al valor agregado de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. El monto del impuesto se calcula a una tasa impositiva del 5%. Para los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan sus casas, el impuesto a pagar se calcula a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5%.

Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no se encuentran en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal nacional competente donde se encuentre el inmueble de acuerdo a los métodos de tributación anteriores, y declarar el impuesto a la autoridad tributaria nacional competente donde esté ubicada la institución.

Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución.

2. Si otras personas alquilan bienes inmuebles (excluida la vivienda), el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% y se informará a la autoridad fiscal local a cargo de la ubicación del inmueble. . Si otras personas alquilan casas, el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal local encargada de la ubicación del inmueble.