El derecho de publicación es un derecho económico de copyright.
En primer lugar, ¿el derecho de publicación pertenece a los derechos de propiedad de la obra?
El derecho de publicación no pertenece a los derechos de propiedad de la obra. Por el contrario, el derecho de publicación es un derecho personal, del que disfruta el autor, y no puede ser transferido, privado o restringido.
Los derechos de propiedad de las obras, también conocidos como "derechos económicos de las obras", son simétricos a los derechos personales de las obras, y se refieren a los derechos de los autores y divulgadores a utilizar las obras de alguna forma y así obtener retribución económica conforme a la ley. Incluye principalmente los siguientes puntos:
(1) Derecho de uso
El derecho de uso se refiere a la reproducción, distribución, alquiler, exhibición, proyección, radiodifusión, difusión en redes, filmación, adaptación, El derecho a utilizar la obra mediante traducción, compilación, etc. En concreto, incluye lo siguiente:
1. El derecho de reproducción se refiere al derecho a realizar una o más copias de una obra mediante impresión, copia, calco, grabación, videograbación, duplicación, reproducción, etc. Este es el derecho más básico e importante entre los derechos de propiedad de las obras.
2. Derecho de distribución, es decir, el derecho a poner a disposición del público originales o copias de obras vendiéndolas o donándolas.
3. Derechos de alquiler, es decir, el derecho a pagar a otros por el uso temporal de obras cinematográficas, obras creadas por métodos similares a la realización cinematográfica y software de ordenador, excepto cuando el software de ordenador no sea el objeto principal de la misma. el arrendamiento.
4. Derechos de exhibición, es decir, el derecho a exhibir públicamente originales o copias de obras artísticas y fotográficas.
5. Derecho de ejecución, es decir, el derecho a ejecutar públicamente una obra y a difundir públicamente la ejecución de la obra de diversas formas. Las representaciones públicas se denominan representaciones en vivo o representaciones directas; las representaciones que interpretan obras públicamente de diversas formas se denominan representaciones mecánicas o representaciones indirectas. Por ejemplo, si unidades operativas como hoteles y cafés reproducen música de fondo sin permiso, pueden infringir los derechos de interpretación mecánica de obras musicales.
6. Derechos de proyección, es decir, la reproducción pública de arte, fotografía, películas y obras creadas de forma similar a la realización cinematográfica mediante equipos técnicos como proyectores y proyectores de diapositivas.
7. Derechos de radiodifusión, es decir, radiodifusión pública o difusión de obras por medios inalámbricos, difusión al público de obras radiodifundidas por medios alámbricos o de retransmisión, y radiodifusión de obras al público a través de altavoces u otros medios similares de transmisión. símbolos, sonidos e imágenes. El derecho del público a comunicar obras radiodifundidas.
8. El derecho de difusión de información en redes se refiere al derecho a proporcionar obras al público de forma alámbrica o inalámbrica, para que el público pueda obtener las obras en el momento y lugar de su elección.
9. Derecho de filmación, es decir, el derecho a fijar la obra en un soporte mediante la realización de una película o un método similar a la realización de una película.
10. Derecho de adaptación, es decir, el derecho a adaptar una obra para crear una obra nueva original.
11. Derecho de traducción, es decir, el derecho a convertir una obra de un idioma a otro.
12. El derecho de reunión, es decir, el derecho a ensamblar obras o fragmentos de obras en nuevas obras mediante su selección u organización.
13. Otros derechos de uso de las obras que deben ser disfrutados por el titular de los derechos de autor.
(2) Derechos de licencia
Los derechos de licencia se refieren al derecho del propietario de los derechos de autor a otorgar licencias a otros para usar la obra de acuerdo con la ley y obtener una compensación. Para utilizar las obras de otras personas, debe celebrar un contrato de licencia con el propietario de los derechos de autor, excepto el permiso legal.
(3) Derecho de transferencia
El derecho de transferencia se refiere al derecho del propietario de los derechos de autor a transferir uno o más derechos sobre el derecho de uso de acuerdo con la ley y obtener una compensación. El objeto de la transferencia no pueden ser los derechos personales de la obra, sino que sólo puede ser el derecho de uso de los derechos de propiedad de la obra. Se puede transferir uno o más o todos los derechos de uso.
(4) El derecho a recibir una remuneración
El derecho a recibir una remuneración se refiere al derecho del propietario de los derechos de autor a recibir una remuneración por el uso o la transferencia de obras de conformidad con la ley.
Por tanto, según las disposiciones anteriores, el derecho de publicación no pertenece a los derechos de propiedad de la obra.
Por tanto, el derecho de publicación no pertenece a los derechos de propiedad de la obra. Por el contrario, el derecho de publicación es un derecho personal, disfrutado por el autor, y no puede ser transferido, privado o restringido. Si no entiende algo, puede buscar un abogado profesional y él le dará una respuesta más completa.