Red de conocimientos turísticos - Preguntas y respuestas del Hotel - ¿Qué clase de gángster sería atrapado por la policía?

¿Qué clase de gángster sería atrapado por la policía?

1. ¿Qué clase de gángster sería atrapado por la policía?

1. En circunstancias normales, las personas que incumplan sus promesas no serán arrestadas. Sin embargo, si la persona sujeta a ejecución tiene la capacidad de ejecutar la sentencia del tribunal popular pero se niega a ejecutarla, y las circunstancias son graves y constituye el delito de negarse a ejecutar la sentencia o fallo, será arrestado por la policía. y estará sujeto a castigo penal después del arresto.

2. Base jurídica: Artículo 313 de la Ley Penal de la República Popular China.

Quien se niegue a ejecutar una sentencia o fallo y sea capaz de ejecutar una sentencia o fallo del Tribunal Popular, si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión penal. o multa, si las circunstancias son especialmente graves, será castigado con una pena de prisión no inferior a tres años ni superior a siete años y multa.

Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

2. ¿En qué circunstancias el tribunal le clasificará como delincuente?

Si la persona sujeta a ejecución incumple las obligaciones especificadas en el documento legal vigente y concurre alguna de las siguientes circunstancias, el tribunal popular lo incluirá en la lista de personas deshonestas sujetas a ejecución y imponerle sanciones crediticias de conformidad con la ley:

1. Negarse a cumplir obligaciones especificadas en documentos legales válidos a pesar de poder realizarlas;

2. falsificando pruebas, violencia o amenazas;

3. Utilizando litigios falsos, arbitraje falso u ocultando o transfiriendo propiedad para evitar la ejecución;

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5. Violar las órdenes de restricción de consumo;

6. Negarse a ejecutar el acuerdo transaccional sin motivos justificables.