Red de conocimientos turísticos - Estrategias turísticas - ¿Qué impuestos pagan los particulares al alquilar una casa?

¿Qué impuestos pagan los particulares al alquilar una casa?

Las personas que alquilan viviendas deben pagar el impuesto comercial, el impuesto de construcción y mantenimiento urbano, el recargo por educación, el impuesto sobre bienes raíces, el impuesto sobre la renta personal, el impuesto sobre el uso del suelo urbano y el recargo por educación local. Para las viviendas de alquiler individuales, el impuesto comercial se aplica a la mitad de la tasa basada en la tasa del 3%, y el impuesto a la propiedad se aplica a una tasa del 4%.

Base jurídica

Artículo 3 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Tipo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

(1) Renta integral, aplicable a 3% a una tasa impositiva progresiva excesiva del 45%;

(2) Los ingresos operativos están sujetos a una tasa impositiva progresiva excesiva del 5% al ​​35%;

(3) Los intereses, dividendos, ingresos por bonificaciones y los ingresos por alquiler de propiedades, ingresos por transferencia de propiedad y ingresos incidentales están sujetos a una tasa impositiva proporcional del 20%.

Artículo 3 del Reglamento Provisional sobre Impuesto sobre Bienes Inmuebles

El impuesto sobre bienes inmuebles se calculará y pagará sobre la base del valor residual después de deducir del 10% al 30% del valor original del propiedad al mismo tiempo. El rango específico de reducción y exención será estipulado por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Si no existe como base el valor original del inmueble, la autoridad fiscal donde se encuentre el inmueble tomará una determinación con referencia a bienes inmuebles similares. Si el inmueble se alquila, los ingresos por alquiler del inmueble serán la base para calcular el impuesto sobre la propiedad.

Consejos

Las respuestas anteriores se basan únicamente en la información actual y en mi comprensión de la ley. ¡Consúltelas detenidamente!

Si aún tienes dudas sobre este tema, te recomendamos que clasifiques la información relevante y te comuniques con profesionales en detalle.