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Requisitos básicos para instituciones médicas en las "Especificaciones de Gestión Técnica para Reemplazo de Cadera Artificial (Edición 2012)"

(1) Las instituciones médicas que apliquen tecnología de reemplazo artificial de cadera deben ser compatibles con sus funciones y tareas.

(2) En principio se realizará en hospitales de tercer nivel.

(3) Contar con sujetos y equipos de diagnóstico y tratamiento ortopédicos aprobados y registrados por el departamento de administración de salud y otros departamentos pertinentes.

1.

(1) Haber estado dedicado al diagnóstico y tratamiento clínico ortopédico durante más de 8 años, tener no menos de 50 camas, una sala o grupo profesional de cirugía articular y contar con no menos de 10 camas de cirugía articular. .

(2) Ser capaz de completar de forma independiente cirugías de traumatismos de cadera y enfermedades de los huesos de la cadera, y completar no menos de 200 cirugías de cadera de diversos tipos cada año, incluidos más de 50 casos de reemplazo artificial de cadera.

2. Quirófano de prótesis de cadera artificial.

(1) Al menos un quirófano debe cumplir con los estándares de quirófano limpio de primer nivel (flujo laminar 100 en el área operatoria y flujo laminar 1000 en el área periférica).

(2) El área del quirófano es de más de 30 metros cuadrados y la distribución es razonable.

(3) Equipado con equipo quirúrgico aprobado por la Administración de Medicamentos y Alimentos de EE. UU. para satisfacer las necesidades de la cirugía de reemplazo de cadera artificial.

(4) Equipado con un equipo de rayos X con arco en C que cumple las condiciones de protección radiológica.

3. Otros departamentos y equipos relacionados.

(1) Cuenta con departamentos o médicos especializados como anestesiología, unidad de cuidados intensivos, medicina cardiovascular, medicina respiratoria, endocrinología y rehabilitación, y tiene capacidades integrales de tratamiento y rescate de complicaciones y complicaciones sistémicas.

(2) Equipado con TC, fotografía de rayos X a pie de cama y sistema de rehabilitación funcional postoperatoria.

(4) Contar con un equipo de médicos ortopédicos profesionales, incluidos al menos dos médicos con calificaciones profesionales y técnicas de médico jefe adjunto o superior, y una estructura escalonada de personal razonable.

(5) Los hospitales de segundo nivel que cumplan con las siguientes condiciones se limitan a tecnología de reemplazo artificial de cadera de primera clase:

1. de esta especificación.

2. Cumplir con las normas pertinentes del departamento administrativo de salud a nivel municipal o superior.

3. Existe una demanda de diagnóstico y tratamiento de reemplazo artificial de cadera. Una ciudad dividida en distritos es una institución médica que no tiene calificaciones técnicas para el reemplazo de cadera artificial en la región cuando se necesita una cirugía de emergencia para el reemplazo de cadera artificial en el condado, no se puede llegar a tiempo a las instituciones médicas con calificaciones técnicas para el reemplazo de cadera artificial; .

4. Ayuda de un hospital terciario con al menos 1 año de titulación técnica en prótesis de cadera artificial.

5. Después de un año de asistencia, pasó la evaluación de capacidad de aplicación clínica organizada por el departamento de administración de salud provincial.

(6) Las instituciones médicas ortopédicas nuevas o nuevas que planean llevar a cabo tecnología de reemplazo de cadera artificial deben tener el personal, departamentos, equipos e instalaciones de acuerdo con esta especificación y presentar una solicitud a la administración provincial de salud. departamento La evaluación de la capacidad de aplicación clínica solo se puede realizar después de que el departamento administrativo de salud la organice.