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Medidas municipales de Shanghai para la administración del uso de productos audiovisuales y equipos de vídeo

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión del uso de productos audiovisuales y equipos de vídeo, estas Medidas se formulan de conformidad con las reglamentaciones pertinentes del Consejo de Estado. Artículo 2 Estas Medidas se aplicarán al uso y gestión de productos de audio y video y equipos de video por unidades e individuos dentro del alcance de esta ciudad. Artículo 3 La unidad debe establecer un estricto sistema de gestión de productos audiovisuales y equipos de vídeo, y designar personal con buena ideología política, estilo de trabajo decente y familiaridad con el negocio para que sea responsable de su custodia y uso. Artículo 4 Cualquier unidad o individuo que compre equipos de video debe obtener la aprobación de la Oficina de Gestión de Productos de Audio y Video de la Oficina Municipal de Radio y Televisión (en adelante, la Oficina Municipal de Gestión de Audio y Video). Las unidades y particulares propietarios de equipos de video deberán registrarse en la Oficina Municipal de Gestión de Audio y Video.

El equipo de vídeo de la unidad no se puede prestar a particulares para su uso. El préstamo entre unidades debe ser aprobado por el responsable de la unidad. Artículo 5 Las unidades y las personas que poseen equipos de video deberán informar verazmente el nombre, modelo, ancho de banda, duración, fuente y contenido de videos literarios extranjeros, registros de televisión láser y sus copias (incluidos largometrajes, películas de escenografía y anuncios) al audio y video. Mercado de archivo de oficina de gestión. Artículo 6 Está estrictamente prohibido que cualquier persona utilice equipos de audio y video para recopilar y reproducir productos de audio y video reaccionarios, pornográficos y obscenos.

Los productos de audio y video existentes se manejarán por separado de acuerdo con el catálogo de clasificación aprobado por la Dirección Municipal de Gestión de Audio y Video; los productos de video reaccionarios, pornográficos y obscenos se entregarán a la Dirección de Seguridad Pública Municipal para su despacho. Procesamiento de acuerdo con las regulaciones pertinentes y no serán desmagnetizados ni destruidos por sí mismos. Las grabaciones de sonido reaccionarias, pornográficas y obscenas que sean propiedad de la unidad serán desmagnetizadas por la unidad; aquellas que sean propiedad de individuos serán desmagnetizadas por ellos mismos o entregadas a la unidad para que las desmagnetice.

Los productos de audio y vídeo que no estén incluidos en el catálogo clasificado y sea difícil distinguir si son productos pornográficos reaccionarios y obscenos deberán ser reportados a la Oficina Municipal de Gestión de Audio y Vídeo para su revisión y aprobación. Artículo 7 Los equipos de grabación de vídeo de unidades profesionales se utilizarán, en principio, únicamente para grabar y reproducir información comercial relacionada con la especialidad. La persona a cargo de la unidad es responsable de identificar el contenido de las cintas de video de referencia interna relacionadas con la especialidad y determinar el rango de reproducción. Después de cada transmisión, el título, el contenido, el alcance de la transmisión y el aprobador deben registrarse uno por uno para referencia futura. Artículo 8 Si las unidades pertinentes realmente necesitan copiar, intercambiar o tomar prestados videos literarios extranjeros, deben obtener la aprobación de la Oficina Municipal de Gestión de Audio y Video.

Los videos literarios y artísticos reproducidos para actividades culturales de los empleados se limitan a programas nacionales, programas transmitidos por estaciones de televisión y películas que se proyectan públicamente en el país. Artículo 9 La instalación del circuito cerrado de televisión deberá ser aprobada por la autoridad superior de la unidad, debiendo radicarse su finalidad y escala en la Gerencia Municipal de Audio y Video.

Excepto para uso profesional, en principio, CCTV solo puede utilizar programas transmitidos por estaciones de televisión nacionales, películas de producción nacional y películas importadas que se estrenen públicamente en el país. Artículo 10 Los programas transmitidos por circuito cerrado de televisión en hoteles y hoteles turísticos se implementarán estrictamente de acuerdo con el "Reglamento provisional sobre publicidad de circuito cerrado de televisión en hoteles turísticos" del Consejo de Estado. Generalmente sólo se transmiten programas nacionales. Si realmente es necesario reproducir programas de video extranjeros o extranjeros, los productos de video con contenido saludable y emocional deben seleccionarse e informarse a la Oficina Municipal de Gestión de Audio y Video para su aprobación por parte del Departamento de Propaganda del Comité Municipal del Partido. Artículo 11 Cualquier persona que necesite establecer una estación receptora terrestre de satélite debe, de acuerdo con las regulaciones pertinentes del Consejo de Estado y la Comisión Militar Central, solicitar al Comité de Gestión de Radio Municipal la aprobación de la autoridad principal de la unidad y pasar por los procedimientos de registro. en la Oficina Municipal de Gestión de Audio y Vídeo. Artículo 12 Las estaciones receptoras terrestres de satélite sólo pueden recibir y grabar programas relacionados con su propio negocio, y no pueden recibir, grabar ni transmitir en el extranjero programas reaccionarios, pornográficos y artísticos.

La estación receptora terrestre satelital deberá reportar el contenido del programa grabado a la Oficina Municipal de Gestión de Audio y Video para su archivo. Sin la aprobación de la Dirección Municipal de Audio y Vídeo, los programas incluidos no podrán ser copiados ni prestados para otras unidades. Artículo 13 Las unidades que operen proyecciones de video comerciales deberán ser aprobadas por la Oficina Municipal de Gestión de Audio y Video, emitir una licencia comercial por parte de la Administración Municipal de Industria y Comercio y presentarla ante la Dirección Municipal de Seguridad Pública antes de poder operar. La Oficina Municipal de Gestión de Audio y Vídeo brinda orientación empresarial y es responsable de la supervisión e inspección. Artículo 14 Sin permiso, ninguna unidad o individuo podrá prestar, prestar o copiar productos de audio y video extranjeros a países extranjeros, instituciones o individuos extranjeros (incluidas agencias diplomáticas, instituciones comerciales y expertos en Shanghai). Artículo 15 Los cuadros dirigentes de todos los niveles no pueden ver videos de referencia reaccionarios, pornográficos o irrelevantes por ningún motivo, ni ser proyectados o transcritos por unidades o reuniones no relacionadas; Artículo 16 Para quienes violen lo dispuesto en estas Medidas, la Oficina Municipal de Gestión de Audio y Video, la Dirección de Seguridad Pública y la Administración de Industria y Comercio distinguirán entre diferentes situaciones e impondrán el decomiso de productos de audio y video, la incautación de audio y equipos de video, revocación de licencia comercial, multas y sanciones administrativas a los responsables directos y a los encargados. Detención y otras sanciones. Si las circunstancias son graves y constituyen delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley. Artículo 17 Estas Medidas han sido aprobadas por el Gobierno Popular Municipal de Shanghai y entrarán en vigor el 1 de marzo de 1984.