¿Pueden los particulares emitir facturas especiales con IVA en su nombre?
Con carácter general, las personas físicas no pueden emitir facturas especiales con IVA. Según las disposiciones legales, la emisión de facturas especiales significa que las autoridades tributarias competentes emiten facturas especiales para los contribuyentes del impuesto al valor agregado dentro de su jurisdicción, y ninguna otra unidad o individuo está autorizado a emitirlas en su nombre. Sin embargo, podrán emitir facturas especiales con IVA las personas físicas que cumplan las siguientes condiciones: 1. Los pequeños contribuyentes del IVA venden los bienes inmuebles que adquieren y otras personas los alquilan. Si el comprador o arrendatario no es otra persona física, el contribuyente puede solicitar a la oficina de impuestos local la emisión de una factura especial con IVA después de pagar el IVA. En pocas palabras, si otras personas transfieren o arriendan bienes inmuebles, si el comprador no es otra persona, pueden acudir a la autoridad fiscal para emitir una factura especial con IVA. 2. Los agentes personales de las compañías de seguros, corredores de valores, tarjetas de crédito, turismo y otras industrias pueden cobrar comisiones, y las empresas pagadoras pueden solicitar a las autoridades fiscales un resumen y la emisión de facturas especiales. En otras circunstancias, no se permite la solicitud de emisión de facturas especiales con IVA.
Objetividad jurídica:
El artículo 7 de las "Medidas de gestión de facturas" las facturas especiales del impuesto al valor agregado serán impresas por empresas determinadas por las autoridades fiscales competentes del Consejo de Estado otras facturas; serán impresos por las autoridades fiscales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Impresión por las empresas que determinen las autoridades de conformidad con la normativa de la autoridad fiscal competente del Consejo de Estado. Está prohibido imprimir, falsificar o alterar facturas sin permiso. El artículo 22 de las "Medidas de gestión de facturas" emitirá facturas de acuerdo con el plazo, la secuencia y las columnas prescritas. Se emitirán de una sola vez y se sellarán con un sello de factura especial. Ninguna unidad o individuo puede participar en los siguientes actos de facturación falsa: (1) Emitir facturas para otros y para ellos mismos que sean inconsistentes con las condiciones comerciales reales (2) Permitir que otros emitan facturas para sí mismos que sean inconsistentes con las condiciones comerciales reales; (3) Presentar a otros Emitir facturas que no sean consistentes con las condiciones comerciales reales.