Red de conocimientos turísticos - Estrategias turísticas - Cuando se registra una empresa unipersonal, el local comercial se alquila gratis. ¿Tengo que compensar el alquiler al cancelar? Sí. Si nunca lo ha pagado y desea cancelar la empresa, deberá pagar el impuesto de alquiler de la casa en su totalidad al tipo impositivo local y pagar el impuesto al 12% del alquiler. Si una empresa unipersonal alquila su local comercial gratuitamente al registrarse, deberá abonar el importe de la habitación al cancelar. Si una empresa unipersonal se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias, deberá disolverse y liquidarse, debiendo acudir a la autoridad registradora para cancelar su inscripción dentro de los 05 días siguientes a la culminación de la liquidación.