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¿Por qué los propietarios no aumentan las tarifas de alquiler ahora?

Los propietarios no pueden aumentar las tarifas de alquiler a voluntad. Durante el período de vigencia del contrato de arrendamiento, el arrendador no tiene derecho a aumentar unilateralmente el alquiler sin el consentimiento del arrendatario. Quien rescinda el contrato por este motivo asumirá la responsabilidad correspondiente por incumplimiento del contrato una vez vencido el contrato de arrendamiento; el propietario puede solicitar un aumento de precio y el inquilino puede optar por aceptar o retirar.

Base Jurídica

Artículo 502 del Código Civil

Un contrato establecido conforme a la ley surtirá efectos desde el momento de su celebración, salvo disposición en contrario por ley o de otro modo acordado por las partes. De conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, si el contrato necesita ser aprobado, prevalecerá lo dispuesto. Si la falta de aprobación y otros procedimientos afecta la validez del contrato, no afectará el cumplimiento de las cláusulas de aprobación y otras obligaciones del contrato ni la validez de las cláusulas pertinentes. Si la parte que debe pasar por los procedimientos de aprobación no cumple con sus obligaciones, la otra parte podrá exigirle que asuma la responsabilidad por incumplimiento de obligaciones. La modificación, transmisión y resolución del contrato estarán sujetas a aprobación de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos y se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 721

El arrendatario deberá pagar la renta en el plazo acordado. Si no se pactara el plazo para el pago del alquiler o el contrato fuere poco claro, y no pueda determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, si el plazo del arrendamiento fuera inferior a un año, el pago se efectuará al vencimiento del período de arrendamiento, si el período de arrendamiento excede un año, el pago se realizará al final del período de arrendamiento, el pago se realizará cada año, y si el plazo restante es inferior a un año, el pago se realizará al final del período de arrendamiento. final del plazo de arrendamiento.