¿Qué impuestos se pagan sobre las tarifas de alquiler de excavadoras personales?
Existen dos tipos impositivos para las facturas de alquiler: el tipo impositivo sobre el alquiler de bienes muebles tangibles es del 17 % y el tipo impositivo sobre el alquiler de bienes inmuebles es del 11 %.
De acuerdo con el artículo 15 del "Aviso del Ministerio de Hacienda y la Administración Tributaria del Estado sobre la Promoción Integral del Programa Piloto de Reemplazo del Impuesto Empresarial por el Impuesto al Valor Agregado":
(1) Para los contribuyentes que realicen actividades gravadas, la tasa impositiva será del 6%, salvo lo dispuesto en los incisos (2), (3) y (4) de este artículo.
(2) Prestación de servicios de transporte, servicios postales, telecomunicaciones básicas, servicios de construcción y arrendamiento de inmuebles, venta de inmuebles y transferencia de derechos de uso de suelo, la tasa impositiva es del 11%.
(3) Para la prestación de servicios de arrendamiento de bienes muebles tangibles, el tipo impositivo es del 17%.
En segundo lugar, amplía el contenido
¿Debo pagar el IRPF al emitir facturas de alquiler de maquinaria a mi nombre?
Emitir facturas de alquiler de maquinaria a nombre de una persona física no requiere el IRPF.
Están sujetas al Impuesto sobre la Renta las siguientes rentas personales:
(1) Rentas por sueldos y salarios;
(2) Rentas por remuneraciones laborales;
(3) Ingresos por regalías;
(4) Ingresos por regalías;
(5) Ingresos de explotación;
(6) Intereses, dividendos, Ingresos por dividendos;
(7) Ingresos por arrendamiento de inmuebles;
(8) Ingresos por transferencia de inmuebles;
(9) Ingresos incidentales.
17%. Las disposiciones específicas son las siguientes:
Tasa del Impuesto al Valor Agregado:
(1) Salvo disposición en contrario de los numerales 2, 4 y 5 de este artículo, los contribuyentes que vendan bienes, servicios, servicios de arrendamiento de bienes muebles tangibles o El tipo impositivo para los bienes importados es 17.
(2) Los contribuyentes que vendan servicios de transporte, servicios postales, telecomunicaciones básicas, construcción y arrendamiento de inmuebles, vendan bienes inmuebles, transfieran derechos de uso de suelo, vendan o importen los siguientes bienes, la tasa del impuesto es 11:
p>1. Cereales, aceite vegetal comestible, sal comestible y otros productos agrícolas;
2. Agua del grifo residencial, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, gas, gas licuado de petróleo. , gas natural, dimetil éter, biogás, productos del carbón;
3. Libros, periódicos, revistas, productos audiovisuales y publicaciones electrónicas;
4. , maquinaria agrícola, películas plásticas;
5. Otros bienes especificados por el Consejo de Estado.
(3) Salvo disposición en contrario en los puntos 1, 2 y 5 de este artículo, la tasa impositiva para los contribuyentes que venden servicios y activos intangibles es 6.
(4) Sin embargo, los contribuyentes exportan bienes a una tasa impositiva cero, a menos que el Consejo de Estado estipule lo contrario;
(5) La tasa impositiva para las ventas transfronterizas de servicios y activos intangibles dentro del alcance prescrito por el Consejo de Estado por entidades e individuos nacionales es cero.
El ajuste de los tipos impositivos será determinado por el Consejo de Estado.