¿Cuál es la tasa impositiva sobre el alquiler de maquinaria para los contribuyentes generales?
Según la investigación francesa, la tasa del impuesto sobre el alquiler de maquinaria para los contribuyentes generales es del 13 %, y la tarifa de alquiler de maquinaria está sujeta al impuesto al valor agregado. Según la política de reforma del IVA, cuando se producen ventas sujetas al IVA o los contribuyentes importan bienes, la tasa impositiva original es del 16% y la tasa impositiva se ajusta al 13%. Si la tasa impositiva original aplicable del 10% se ajusta al 9%.
Base jurídica: Artículo 2 del “Reglamento Provisional de la República Popular China sobre el Impuesto al Valor Agregado”: Tasa del Impuesto al Valor Agregado:
1. numerales 2, 4 y 5 de este artículo, La tasa del impuesto para los contribuyentes que vendan bienes, servicios, servicios de alquiler de bienes muebles tangibles o bienes importados es del 17%.
2. Los contribuyentes que vendan transporte, servicios postales, telecomunicaciones básicas, arrienden edificios e inmuebles, transfieran derechos de uso de suelo, vendan o importen los siguientes bienes, la tasa del impuesto es del 11%:
1. Cereales, aceites vegetales comestibles, sal comestible y otros productos agrícolas.
2. Agua del grifo residencial, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, gas, gas licuado del petróleo, gas natural, dimetil éter, biogás y productos del carbón.
3. Libros, periódicos, revistas, productos audiovisuales y publicaciones electrónicas.
4. Piensos, fertilizantes químicos, pesticidas, maquinaria agrícola y películas plásticas.
5. Los demás bienes que determine el Consejo de Estado.
3. Cuando los contribuyentes enajenen servicios y activos intangibles, la tasa del impuesto es del 6%, salvo lo dispuesto en contrario en los apartados 1, 2 y 5 de este artículo.
4. Sin embargo, cuando los contribuyentes exportan bienes, la tasa impositiva es cero, a menos que el Consejo de Estado estipule lo contrario;
5. La tasa impositiva para las ventas transfronterizas de servicios y activos intangibles dentro del alcance del Consejo de Estado por parte de entidades e individuos nacionales es cero, y el ajuste de la tasa impositiva lo determina el Consejo de Estado. .