Capítulo 3 Gestión de Buques del Reglamento de la República Popular China sobre Supervisión de Seguridad y Administración de Mercancías Peligrosas Transportadas por Buques
Artículo 17 El casco, estructura, equipamiento, funcionamiento y disposición de los buques que transporten mercancías peligrosas deberán cumplir con las disposiciones de las leyes nacionales, reglamentos administrativos, reglas y especificaciones técnicas relacionadas con la inspección de buques de navegación internacional. cumplir De acuerdo con las disposiciones de los convenios internacionales pertinentes, debe cumplir con las condiciones de navegabilidad y navegabilidad correspondientes, pasar la inspección por parte de una agencia de inspección de buques reconocida por la República Popular China y la Administración de Seguridad Marítima de China, obtener los certificados y documentos de inspección correspondientes. y mantener buenas condiciones.
Los contenedores marítimos, los contenedores rígidos intermedios para graneles y los tanques móviles que transporten mercancías peligrosas deben ser inspeccionados por una agencia de inspección de buques reconocida por la República Popular China y la Administración de Seguridad Marítima de China antes de que puedan utilizarse a bordo.
Artículo 18 Los contenedores vacíos y sin limpiar que transporten mercancías peligrosas se considerarán contenedores que contienen mercancías peligrosas, a menos que se adopten medidas adecuadas para eliminar el peligro.
Artículo 19 Los buques que transporten mercancías peligrosas formularán medidas para garantizar la seguridad de la vida y los bienes en el agua y evitarán que los buques contaminen el medio ambiente, y prepararán planes de emergencia para hacer frente a accidentes de tráfico acuático y accidentes de fuga de mercancías peligrosas. planes de emergencia contra derrames de hidrocarburos de los buques, dotados de los correspondientes equipos de emergencia de salvamento, extinción de incendios y protección del personal, y velando por su implantación y efectiva ejecución.
Artículo 20 Los buques que transporten mercancías peligrosas deberán solicitar el seguro correspondiente de acuerdo con la normativa estatal sobre seguro obligatorio de seguridad de los buques y prevención de la contaminación, y obtener los documentos de seguro o certificados de garantía financiera requeridos.
Para los buques de navegación internacional que transporten mercancías peligrosas, el organismo de administración marítima deberá expedir los correspondientes documentos de seguro o certificados de garantía financiera de conformidad con lo establecido en los convenios internacionales pertinentes, indicando que ha manejado el seguro del buque de acuerdo con lo establecido. de los convenios internacionales.
Artículo 21 Cuando un buque transporte mercancías peligrosas deberá cumplir con las especificaciones técnicas de seguridad para su estiba, aislamiento y transporte de mercancías peligrosas, y sólo podrá transportar mercancías especificadas en el certificado de aptitud expedido por la inspección del buque. agencia.
Los veleros internacionales deberán clasificar y estibar correctamente las mercancías peligrosas transportadas de acuerdo con el "Reglamento de Transporte Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas", y los buques nacionales deberán garantizar la seguridad de las mercancías peligrosas durante el proceso de carga.
Los buques se negarán a transportar o transportar mercancías peligrosas que no cumplan con las normas internacionales y nacionales pertinentes sobre embalaje y estiba segura.
Artículo 22 Cuando un buque lave (limpie) la cabina, purgue o reponga el aire, deberá elegir aguas seguras y mantenerse alejado de zonas de navegación densa, zonas de ruta de barcos, zonas de navegación prohibida, vías navegables, transbordadores, terminales de pasajeros, terminales de mercancías peligrosas, terminales militares, esclusas de barcos, grandes puentes, pasajes submarinos y objetivos importantes de protección costera deben presentarse a la agencia de administración marítima para su aprobación antes de que se pueda llevar a cabo la operación. Los procedimientos y trámites de aprobación se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 13 de este Reglamento sobre viajes únicos de mercancías peligrosas por mar.
Durante las operaciones mencionadas en el primer párrafo de este artículo, no se permite a los buques reparar y utilizar radares, transmisores de radio y estaciones de barco satelitales; no se les permite realizar llamas abiertas, paladas y excavaciones; otras operaciones que son propensas a generar chispas; los barcos y camiones de suministro no pueden usarse para repostar o agregar agua.