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¿Cuáles son los puntos impositivos para los contribuyentes generales?

Las tasas impositivas para los contribuyentes generales se dividen en cuatro niveles, de mayor a menor: 17%, 11%, 6% y 0%. Diferentes industrias aplican diferentes tasas impositivas, por lo que incluso para los contribuyentes comunes, empresas de diferentes tamaños pueden aplicar diferentes tasas impositivas.

Las tasas impositivas del 1 y 17% se aplican a las empresas que venden o importan bienes (excepto los bienes listados) y brindan servicios de procesamiento, reparación y reparación.

El tipo impositivo del 2,13 % se aplica a los cereales, el aceite vegetal comestible, la leche fresca, el agua del grifo, la calefacción, el aire acondicionado, el gas caliente, el gas de carbón, el gas licuado de petróleo, el gas natural, el biogás y los productos del carbón para uso residencial. Además, el tipo impositivo del 13% también se aplica a libros, periódicos, revistas, piensos, fertilizantes químicos, pesticidas, maquinaria agrícola (máquinas completas) y películas agrícolas. Los productos agrícolas, los productos de audio y vídeo, las publicaciones electrónicas, el dimetiléter y otros bienes estipulados por el Consejo de Estado también están sujetos a un tipo impositivo del 13%.

Se aplica una tasa impositiva del 3,0% a los bienes exportados.

La tasa impositiva del 4,11% se aplica al transporte, incluidos los servicios de transporte terrestre (incluido el ferrocarril), por vías navegables, aéreos y por tuberías, así como a los servicios postales universales, los servicios postales exclusivos y otros servicios postales.

La tasa impositiva del 5,6% se aplica a las industrias de servicios modernas, incluidos servicios técnicos y de I+D, servicios de tecnología de la información, servicios culturales y creativos, servicios auxiliares de logística, servicios de consultoría de autenticación, servicios de radio, cine y televisión, etc.

¿Cuál es la fórmula para calcular el monto del impuesto a pagar por los contribuyentes generales?

1. Impuesto a pagar = impuesto repercutido - impuesto soportado;

2. Impuesto repercutido = ingreso sin impuestos multiplicado por la tasa del impuesto al valor agregado aplicable; >3. Renta no gravada = renta con impuestos incluidos/(1+tipo de IVA aplicable).