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¿Cuál es la tasa impositiva para el arrendamiento de bienes personales tangibles en 2022?

Objeto legal Los bienes inmuebles adquiridos antes del 30 de marzo están sujetos al método de cálculo del impuesto simplificado y el impuesto a pagar se calcula a una tasa impositiva del 5%. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal competente donde se encuentra el inmueble de acuerdo con el método de cálculo del impuesto anterior, y declarar el impuesto a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. (2) Si un contribuyente general arrienda bienes inmuebles adquiridos después del 1 de mayo de 2016, se aplicará el método de cálculo del impuesto general. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a una tasa impositiva del 3% a la autoridad fiscal competente donde se encuentra el inmueble, y declarar el impuesto a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si un contribuyente general arrienda bienes inmuebles adquiridos antes de 2065438 + 30 de abril de 2006 y le resulta aplicable el método de cálculo del impuesto general, se aplicarán las disposiciones anteriores. Artículo 4 de las Medidas Provisionales para la Recaudación y Administración del Impuesto al Valor Agregado sobre los Servicios de Arrendamiento de Bienes Raíces prestados por los Pequeños Contribuyentes. Los pequeños contribuyentes que arrienden bienes inmuebles pagarán el IVA de conformidad con las siguientes disposiciones: (1) Unidades e industriales individuales. y los hogares comerciales que alquilan bienes inmuebles (excepto los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan casas) pagarán el IVA de conformidad con las siguientes disposiciones: Se utiliza una tasa impositiva del 5% para calcular el impuesto a pagar. Para los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan sus casas, el impuesto a pagar se calcula a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5%. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal competente donde se encuentra el inmueble de acuerdo con el método de cálculo del impuesto anterior, y declarar el impuesto a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. (2) Si otras personas alquilan bienes inmuebles (excluidas casas), el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal competente donde se encuentre el inmueble. Si otras personas alquilan casas, el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal competente en el lugar donde se encuentre el inmueble. Artículo 3: Los contribuyentes generales pagarán el impuesto al valor agregado de conformidad con las siguientes disposiciones: (1) Los contribuyentes generales podrán optar por aplicar el método de cálculo del impuesto simplificado a los bienes inmuebles adquiridos antes del 30 de abril de 2065, 438 + 2006., calcular el impuesto pagadera a una tasa impositiva del 5%. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal competente donde se encuentra el inmueble de acuerdo con el método de cálculo del impuesto anterior, y declarar el impuesto a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. (2) Si un contribuyente general arrienda bienes inmuebles adquiridos después del 1 de mayo de 2016, se aplicará el método de cálculo del impuesto general. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a una tasa impositiva del 3% a la autoridad fiscal competente donde se encuentra el inmueble, y declarar el impuesto a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si un contribuyente general arrienda bienes inmuebles adquiridos antes de 2065438 + 30 de abril de 2006 y le resulta aplicable el método de cálculo del impuesto general, se aplicarán las disposiciones anteriores. Artículo 4 de las Medidas Provisionales para la Recaudación y Administración del Impuesto al Valor Agregado sobre los Servicios de Arrendamiento de Bienes Raíces prestados por los Pequeños Contribuyentes. Los pequeños contribuyentes que arrienden bienes inmuebles pagarán el IVA de conformidad con las siguientes disposiciones: (1) Unidades e industriales individuales. y los hogares comerciales que alquilan bienes inmuebles (excepto los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan casas) pagarán el IVA de conformidad con las siguientes disposiciones: Se utiliza una tasa impositiva del 5% para calcular el impuesto a pagar. Para los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan sus casas, el impuesto a pagar se calcula a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5%. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal competente donde se encuentra el inmueble de acuerdo con el método de cálculo del impuesto anterior, y declarar el impuesto a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. (2) Si otras personas alquilan bienes inmuebles (excluidas casas), el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal competente donde se encuentre el inmueble. Si otras personas alquilan casas, el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal competente en el lugar donde se encuentre el inmueble.