Red de conocimientos turísticos - Lugares de interés turístico - ¿Cuál es la tasa impositiva por el alquiler del lugar en 2023?

¿Cuál es la tasa impositiva por el alquiler del lugar en 2023?

Subjetividad jurídica:

Si los contribuyentes generales que arriendan bienes inmuebles optan por aplicar el método de cálculo de impuestos simplificado, se les aplicará una tasa impositiva del 5%. La tasa impositiva aplicable al método de cálculo del impuesto general es del 11% y la tasa impositiva aplicable al método de cálculo del impuesto simplificado para los pequeños contribuyentes es del 5%.

Objetividad jurídica:

Medidas Provisionales para la Recaudación y Administración del Impuesto al Valor Agregado a los Contribuyentes que Prestan Servicios de Arrendamiento de Bienes Raíces Artículo 3 Los contribuyentes generales pagarán el Impuesto al Valor Agregado de conformidad con las siguientes disposiciones: (1) Los contribuyentes generales pueden optar por aplicar el método de cálculo del impuesto simplificado a los bienes inmuebles adquiridos antes de 2065438 + 30 de abril de 2006, y calcular el impuesto a pagar a una tasa impositiva del 5%. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal competente donde se encuentra el inmueble de acuerdo con el método de cálculo del impuesto anterior, y declarar y pagar impuestos ante la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. (2) Si un contribuyente general arrienda bienes inmuebles adquiridos después del 1 de mayo de 2016, se aplicará el método de cálculo del impuesto general. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a una tasa impositiva del 3% a la autoridad fiscal competente donde se encuentra el inmueble, y declarar el impuesto a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si un contribuyente general arrienda bienes inmuebles adquiridos antes de 2065438 + 30 de abril de 2006 y le resulta aplicable el método de cálculo del impuesto general, se aplicarán las disposiciones anteriores. Medidas Provisionales para la Recaudación y Administración del Impuesto al Valor Agregado Proporcionadas por los Contribuyentes por Servicios de Arrendamiento de Bienes Raíces Artículo 4 Los pequeños contribuyentes que arriendan bienes inmuebles pagarán el IVA de acuerdo con las siguientes disposiciones: (1) Unidades y hogares industriales y comerciales individuales que alquilan bienes inmuebles (excepto los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan casas) pagarán el IVA de conformidad con las siguientes disposiciones: Se utiliza una tasa impositiva del 5% para calcular el impuesto a pagar. Para los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan sus casas, el impuesto a pagar se calcula a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5%. Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal competente donde se encuentra el inmueble de acuerdo con el método de cálculo del impuesto anterior, y declarar y pagar impuestos ante la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. (2) Si otras personas alquilan bienes inmuebles (excluidas casas), el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal competente donde se encuentre el inmueble. Si otras personas alquilan casas, el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal competente en el lugar donde se encuentre el inmueble.