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Medidas de gestión de perros en la ciudad de Guang'an

Artículo 1 Con el fin de fortalecer el manejo de perros, proteger la salud pública y la seguridad personal, mantener el medio ambiente de la ciudad y el orden público, de acuerdo con la "Ley de Prevención de Epidemias Animales de la República Popular China" y "La La Ley de Prevención de Epidemias Animales de la República Popular China" **La Ley de Castigo de la Administración Nacional de Seguridad Pública", el "Reglamento de Prevención y Control de la Rabia de la Provincia de Sichuan" y otras leyes y reglamentos se formulan en función de la situación real de la ciudad de Guang'an. Artículo 2 Estas Medidas se aplicarán a la inmunización, registro, cría, admisión y actividades relacionadas con el manejo de perros dentro del área administrativa de esta ciudad.

Este método no se aplica a perros utilizados por la policía, perros de búsqueda y rescate, así como zoológicos, instituciones de investigación científica y otras unidades que necesiten criar perros para trabajos específicos. Artículo 3 El manejo de perros en el área administrativa de esta ciudad se divide en áreas restringidas y áreas no restringidas.

Las áreas de reproducción restringidas se refieren a las áreas urbanas urbanizadas de la ciudad de Guang'an y las áreas de reproducción restringidas definidas por los gobiernos populares a nivel municipal y de condado de conformidad con la ley.

Las áreas no restringidas se refieren a áreas que no están designadas como áreas restringidas. Artículo 4 Los gobiernos populares a nivel municipal y distrital son responsables de la organización e implementación de estas medidas, estableciendo un mecanismo de coordinación del manejo de perros e incluyendo fondos para el manejo de perros en el presupuesto del mismo nivel.

Los órganos de seguridad pública son responsables de la gestión administrativa de los perros, específicamente encargados del registro de perros en áreas restringidas, la erradicación de la rabia, la captura de perros sin dueño y perdidos, y el manejo de diversos actos públicos. Casos de seguridad provocados por la cría de perros.

Los departamentos de agricultura y rural son responsables de la inmunización de los perros, emitiendo certificados de condición de prevención de epidemias animales de acuerdo con la ley, organizando la eliminación inofensiva de la rabia y los cadáveres de perros sin dueño, guiando y supervisando a los dueños de perros en la eliminación inofensiva. de cadáveres de perros y otros trabajos de prevención de epidemias.

El departamento de gestión urbana y aplicación de la ley administrativa es responsable de investigar y sancionar los perros abiertos y los comportamientos de crianza de perros que afecten la apariencia de la ciudad y el saneamiento ambiental.

Los departamentos administrativos como el de supervisión y gestión del mercado, salud, vivienda y construcción urbana y rural, educación y deportes y asuntos hídricos son responsables del trabajo relacionado con el manejo de perros de acuerdo con la ley.

Los gobiernos populares de los municipios y las oficinas de subdistrito en áreas no restringidas son responsables del manejo de perros dentro de sus propias áreas administrativas. Artículo 5 Los departamentos pertinentes y las agencias enviadas por los gobiernos populares a nivel municipal y distrital realizarán publicidad y educación sobre el conocimiento de la crianza de perros legal, civilizada y científica.

Los medios de comunicación como la radio, la televisión, los periódicos, las revistas y los sitios web deben realizar publicidad de bienestar público sobre el conocimiento de la crianza de perros y guiar a los dueños de perros para que formen buenos hábitos de crianza de perros.

Las unidades de gestión y operación de estaciones, muelles, plazas, parques, hospitales, restaurantes, hoteles y demás lugares públicos y vehículos de transporte público deberán utilizar los paneles publicitarios y unidades de transporte público que establezcan o administren*. **Soportes audiovisuales y otras instalaciones y equipos para realizar publicidad de bienestar público sobre el conocimiento de la cría de perros. Artículo 6: Se implementa un sistema de vacunación canina dentro del área administrativa de esta ciudad.

Si el perro tiene tres meses de edad o el intervalo de vacunación ha expirado, el dueño del perro deberá llevarlo al punto de vacunación canina designado por los departamentos de agricultura y rural para recibir la vacuna contra la rabia y obtener un certificado de inmunidad canina. .

La inmunidad contra otras enfermedades epidémicas se implementará de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Artículo 7 Cualquier unidad o individuo que descubra rabia, perros sospechosos de tener rabia u otras enfermedades infecciosas deberá informarlo a los departamentos de agricultura y rural. Artículo 8: Los perros reproductores no deben interferir con la vida normal de los demás, no se debe permitir que los perros intimiden o conduzcan a los perros para dañar a otros, y los perros no deben contaminar el medio ambiente ni dañar las instalaciones públicas. Artículo 9: No se fomenta la cría individual de perros agresivos y de perros grandes.

El catálogo de razas, altura y longitud corporal de perros agresivos y perros grandes serán determinados y anunciados al público por la Dirección Municipal de Agricultura y Asuntos Rurales en conjunto con la Dirección de Seguridad Pública Municipal de acuerdo con las disposiciones pertinentes. regulaciones. Artículo 10 Las personas y unidades en zonas de cría restringida deberán registrar sus perros ante los órganos de seguridad pública dentro de los treinta días siguientes a la obtención del certificado de inmunidad canina. Artículo 11 Las personas físicas que soliciten el registro de cría de perros deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) tener domicilio o residencia temporal en esta jurisdicción;

(2) tener plena capacidad para la conducta civil;

(3) Situaciones que cumplan con otras leyes y normativas sobre cría de perros.

Los solicitantes deberán traer sus documentos de identidad válidos y certificados de inmunidad canina, y llevar a sus perros a la comisaría de seguridad pública o al lugar designado de residencia o residencia temporal para registrar al perro. Artículo 12 Una unidad que solicite el registro de cría de perros deberá cumplir las siguientes condiciones:

(1) Tener fines razonables, como el cuidado de la propiedad;

(2) Tener una sólida gestión de la cría de perros. sistema;

(3) Contar con personal de gestión

(4) Contar con lugares e instalaciones seguras.

Los solicitantes deberán llevar a sus perros a la comisaría de seguridad pública o lugar designado donde esté domiciliada la unidad o a un lugar designado con su certificado de unidad, la identificación válida del representante legal o responsable de la unidad, el certificado de vacunación del perro y el sistema de crianza de perros de la unidad únicamente. Artículo 13: Los órganos de seguridad pública registrarán en el acto y expedirán certificados de registro de perros y placas de identificación a quienes cumplan con las condiciones para el registro de cría de perros y a quienes no cumplan con las condiciones, denegarán el registro y explicarán los motivos; Artículo 14 Si el dueño de un perro cambia su residencia o lugar de vigilancia, deberá solicitar el registro de cambio de cría de perros de acuerdo con estas Medidas dentro de los treinta días posteriores a la fecha del cambio.

Si el perro fallece, es transferido a otra persona o es enviado a tratamiento, el propietario del perro deberá realizar los trámites de alta y baja del perro en un plazo de treinta días. El cesionario de perros deberá solicitar el registro de cría de perros y obtener un certificado de registro de cría de perros de conformidad con las disposiciones de estas Medidas.

Si el certificado de registro del perro o la placa de identificación se pierde o daña, el dueño del perro debe solicitar un reemplazo ante la autoridad de registro original dentro de los 15 días. Artículo 15 Al sacar un perro, debe cumplir con las siguientes normas:

(1) Ponerle una placa de identificación al perro;

(2) Sujetar al perro durante tres metros por una persona con plena capacidad de conducta cívica. Llevar al perro con correa;

(3) Tomar el ascensor para evitar las horas punta, y adoptar medidas de contención como abrazar al perro, meterlo. una bolsa para perros o usar un bozal;

(4) Retire las heces de los perros rápidamente.