Seleccionamos el primer lote de viviendas públicas de alquiler en octubre de 2015 y todavía no hemos recibido el aviso para firmar el contrato, no sé qué está pasando.
Si la vivienda pública de alquiler se asigna con éxito, se debe firmar un contrato después de elegir la casa.
"Medidas para la administración de viviendas públicas de alquiler"
Artículo 16 Después de que el objeto de alquiler seleccione una vivienda pública de alquiler, el propietario de la vivienda pública de alquiler u otra unidad operativa encomendada y el objeto de arrendamiento deberá firmar un contrato de arrendamiento por escrito.
Antes de firmar un contrato de arrendamiento, el propietario o la unidad operativa por él encomendada explicará claramente al arrendatario las cláusulas del contrato de arrendamiento que involucran las responsabilidades del arrendatario y las circunstancias en las que la vivienda arrendada debe ser devuelta a la taberna.