¿Cómo infringir los derechos de retrato de otros?
1. ¿Cómo vulnerar el derecho de retrato de otros?
De acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes de nuestro país, la infracción de los derechos de retrato debe cumplir las siguientes condiciones:
(1) La primera condición para la responsabilidad por la infracción de los derechos de retrato es el uso de los derechos de retrato.
Estrictamente hablando, el derecho del retrato es propiedad exclusiva del propietario del derecho del retrato, y otros no pueden producir su retrato sin permiso. Sin embargo, en la legislación y la práctica de varios países, el simple hecho de hacer un retrato sin usarlo generalmente no es suficiente para constituir responsabilidad por infracción de los derechos de retrato. Los retratos utilizados en violación de los derechos de retrato incluyen todas las obras de arte visual que reproducen la imagen de los ciudadanos y sus reproducciones. Este uso incluye no sólo el uso comercial, sino también todos los usos como la publicación, exhibición y reproducción del retrato. Se permite la distribución, exhibición o reproducción para uso comercial y no comercial.
(2) Utilizado sin el consentimiento del titular de los derechos del retrato.
Los derechos de retrato son derechos exclusivos de los ciudadanos. El uso de retratos por parte de otros debe seguir el acuerdo con el titular de los derechos de retrato. Es ilegal utilizar el derecho de retrato sin el consentimiento del titular del derecho y socava la exclusividad del derecho de retrato. Al mismo tiempo, utilizar un retrato sin el consentimiento de su propietario es subjetivamente incorrecto. En términos generales, la forma subjetiva de la infracción del derecho de retrato por parte del autor es intencional, porque el uso del retrato es un comportamiento consciente del autor y, por lo general, no abusará de los retratos de otros debido a su estado mental descuidado. Sin embargo, no se puede descartar la posibilidad de una infracción negligente de los derechos de retrato. Por ejemplo, el uso no autorizado de un retrato como pintura de un personaje de ficción también constituye una infracción.
(3) Uso libre y por motivos ilícitos.
Aunque el uso de retratos de otras personas sin su consentimiento es legal si existe un motivo ilegal. La denominada razón ilegal del bloqueo se refiere al uso razonable de retratos de ciudadanos que deben producirse o utilizarse para intereses nacionales, intereses sociales o intereses propios de los ciudadanos. Cabe señalar que los tres elementos anteriores son suficientes para la responsabilidad por infracción de los derechos de retrato, y no se permite afirmar que la obtención de beneficios sea un elemento necesario para la responsabilidad por infracción de los derechos de retrato.
2. Normas de indemnización por infracción del derecho de retrato
En nuestro país, la principal forma de responsabilidad por infracción del derecho de retrato es la responsabilidad civil. Esta forma de responsabilidad civil incluye detener la infracción, eliminar el impacto, pedir disculpas y compensar las pérdidas. Entre ellos, detener la infracción, eliminar el impacto y pedir disculpas son métodos de responsabilidad no patrimonial, y la compensación por pérdidas es un método de responsabilidad patrimonial. En la práctica judicial de nuestro país, la determinación de la responsabilidad extracontractual es generalmente la siguiente: primero, el propósito de obtener ganancias es el estándar de compensación. Es decir, no importa si las circunstancias son graves o no, si es rentable o no, siempre que la finalidad del uso ilícito sea lucrativa y el propietario del retrato exija una indemnización, el infractor deberá soportar la responsabilidad. responsabilidad por compensación. En segundo lugar, en el caso de la infracción de los derechos de retrato sin fines de lucro, es decir, la determinación de la compensación de beneficio moral por la infracción de los derechos de retrato se basa en "circunstancias graves" como estándar básico. Si las circunstancias son menores y no se producen consecuencias graves, generalmente no se concede ninguna compensación material.
El daño causado por la infracción del derecho de retrato es generalmente una compensación psíquica. Artículo 5 de la "Interpretación de la Corte Suprema sobre varias cuestiones relativas a la determinación de la responsabilidad por daño mental en daños civiles" "El monto de la indemnización por daño mental se determina con base en los siguientes factores: (1) El grado de culpa del infractor, salvo disposición legal en contrario
(2) El propósito, ocasión, comportamiento y otras circunstancias específicas de la infracción
(3) Las consecuencias de la infracción. /p>
(4) Las ganancias del infractor.
(5) La capacidad financiera del infractor para asumir la responsabilidad.
(6) El nivel de vida promedio en la ubicación del infractor.
3. ¿Es la conducta una infracción del derecho de retrato?
Estrictamente hablando, en las actividades de fotografía, siempre que se dé una de las siguientes circunstancias, puede considerarse como una infracción. infracción de los derechos de retrato de otras personas.
1. Sin obstrucción El acto de utilizar el retrato del propietario del retrato sin el consentimiento del propietario del retrato por motivos ilegales también se denomina "uso indebido del retrato de otra persona". Las disposiciones legales sobre los derechos de retrato se refieren básicamente al "uso indebido" de los derechos de retrato. Este tipo de uso indebido se puede dividir en "con fines de lucro" y "con fines de lucro". como no tiene fines lucrativos, o con el consentimiento de la persona que posee el derecho al retrato, se puede utilizar el retrato del ciudadano a voluntad sin obtener lucro.
Los ciudadanos disfrutan del derecho. a retratos y no pueden obtener beneficios sin su consentimiento. El artículo 139 de las "Opiniones del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones de aplicación (juicio)" limita este tipo de infracción a "el uso de retratos de ciudadanos para crear anuncios, marcas, decoraciones de ventanas, etc. con fines de lucro." ". Si se lesiona el derecho de un ciudadano al nombre, a la imagen o a la reputación, éste tiene derecho a exigir que se ponga fin a la infracción, que se restablezca la reputación, que se elimine el impacto, que se presenten disculpas y que se el ciudadano sea compensado por la pérdida.
Actos no autorizados sin el consentimiento del ciudadano El uso lucrativo de retratos de otras personas es legal sólo si existe una razón para evitar la infracción, como informes de noticias, "órdenes de búsqueda" emitidos por órganos de seguridad pública para detener a sospechosos de delitos, etc.
El derecho al retrato, al igual que el derecho al nombre, es un derecho exclusivo. La posesión, uso y disposición de un retrato personal sólo puede ser propiedad de. el ciudadano, y ninguna otra persona puede disfrutarlo sin su consentimiento. La infracción del derecho de retrato no tiene fines lucrativos, pero no respeta los derechos exclusivos de los ciudadanos sobre sus retratos, cualquiera que sea el fin. de reproducción, difusión, exposición, etc.
El derecho de los ciudadanos al retrato debe ser reconocido por los ciudadanos, de lo contrario constituirá una infracción del derecho al retrato.
2. Hacer retratos de otras personas sin autorización (incluida la posesión de fotografías de otras personas).
El acto de crear y poseer retratos (fotos) de otras personas sin su consentimiento. Para los fotógrafos, es el acto de tomar fotografías de otros.
Los retratos son la expresión externa de la “personalidad” de un ciudadano, y sólo yo tengo derecho a decidir si reproduzco mi propia imagen. El hecho de que el retrato se produzca (fotografíe) para su publicación o posesión pública no afecta la constitución de infracción de los derechos de retrato. En otras palabras, aunque no existe un uso público, sigue constituyendo una infracción, como que un estudio fotográfico imprima de forma privada fotografías de los clientes para su conservación.
3. Insultar y vilipendiar maliciosamente los retratos de otras personas.
Es decir, el autor maliciosamente insulta, vilipendia, empaña, daña los retratos de otras personas o destruye la integridad de los retratos de otras personas. Incluyendo alterar, distorsionar, quemar, romper o colgar fotografías de otras personas al revés, tal comportamiento no sólo constituye una infracción de los derechos de retrato, sino que a menudo también constituye una infracción de los derechos de reputación.
Para resumir, en la práctica de la fotografía, hay tres situaciones que a menudo constituyen una infracción de los derechos de retrato:
(1) "Con fines de lucro" debe cumplir dos condiciones al mismo tiempo:
Uno es utilizar los retratos de otras personas sin su consentimiento;
El segundo, el comportamiento con fines de lucro infringe los derechos de los retratos de otras personas, es decir, los usuarios esperan subjetivamente obtener beneficios económicos utilizando retratos de otras personas. Sin embargo, el llamado "beneficio" no es lo que solemos entender. Mientras exista una intencionalidad subjetiva y un comportamiento objetivo de obtención de beneficios, independientemente de si el actor logra el propósito de obtener beneficios, constituye un hecho de "obtención de beneficios".
(2) Cualquier persona que infrinja los derechos de retrato de otras personas (derecho a la reputación, derecho al honor) en cualquier forma también tendrá responsabilidad legal: es decir, la parte infringida tiene derecho a solicitar al infractor que detener la infracción, restaurar la reputación, eliminar el impacto, pedir disculpas y compensar las pérdidas. Se puede ver que sin el permiso del titular del derecho del retrato y sin fines de lucro, si causa un daño real al titular del derecho del retrato, como causar daño mental al titular del derecho del retrato, el usuario también será responsable de la infracción (retrato bien). En la práctica judicial son numerosos los casos de desfiguración, difamación y distorsión de los retratos de los ciudadanos con el fin de no obtener beneficios.
De lo anterior se desprende claramente que "con fines de lucro" no es el único prerrequisito y requisito para determinar si existe una infracción del derecho de retrato de los ciudadanos, sino que es sólo un factor importante para determinar el alcance de responsabilidad por infracción.
(3) Aunque el propietario del retrato acepta utilizar su retrato, el uso excede el alcance, el área y el período permitido por el propietario del retrato. Esta situación no requiere que el daño real sufrido por el titular del derecho del retrato constituya responsabilidad por infracción. Por supuesto, esta situación generalmente entraña responsabilidad por incumplimiento de contrato.
En resumen, la infracción de los derechos de retratos de otras personas debe cumplir los requisitos anteriores. La manifestación habitual es el uso de los retratos de otras personas con fines de lucro sin el consentimiento de la otra persona.
Objetividad jurídica:
Artículo 1018 del Código Civil: Las personas físicas disfrutan del derecho de retrato y tienen derecho a realizar, utilizar, divulgar o permitir que otros utilicen su propio retrato en conforme a la ley. Un retrato es una imagen externa de una persona física concreta que puede identificarse en un determinado soporte a través de imágenes, esculturas, pinturas, etc.