Red de conocimientos turísticos - Preguntas y respuestas turísticas - Compré un derecho de uso de una tienda en un centro comercial por 50 años. ¿Se puede traspasar la tienda durante este periodo? En caso afirmativo, ¿qué leyes deberían consultarse?

Compré un derecho de uso de una tienda en un centro comercial por 50 años. ¿Se puede traspasar la tienda durante este periodo? En caso afirmativo, ¿qué leyes deberían consultarse?

Transferible. Jaja, me asustaste. El capítulo "Ley de Contratos" sobre contratos de arrendamiento estipula claramente que la duración máxima de un contrato de arrendamiento es de 20 años y la parte que exceda de 20 años no es válida. Y si subarrendas, debes asumir la responsabilidad, es decir, el centro comercial está de acuerdo. Si no está de acuerdo, puede reclamar la resolución del contrato. Si subarrenda sin el consentimiento del centro comercial, éste puede rescindir unilateralmente el contrato con usted. No hay incumplimiento de contrato y no se puede exigir indemnización por daños y perjuicios ni nada similar.

Artículo 224 El arrendatario podrá, con el consentimiento del arrendador, subarrendar a un tercero el bien arrendado. Subarrendamiento por parte del arrendatario

Sí, el contrato de arrendamiento entre el arrendatario y el arrendador sigue vigente. Si un tercero causa pérdidas al bien arrendado, el arrendatario debe compensar el daño. pérdidas.

Si el arrendatario subarrenda sin el consentimiento del arrendador, éste podrá resolver el contrato.

Artículo 214 El plazo del arrendamiento no excederá de veinte años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida.

(Ley de Contratos)