Tiroteo y asesinato en el hotel internacional Changshan
Artículo 232: El que intencionalmente matare a alguien, será condenado a muerte, cadena perpetua o prisión de duración determinada no menor de diez años, si las circunstancias son relativamente menores; será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años.
Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años; quien cause la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad fija; prisión no menor de diez años. El que utilice la violencia para causar lesión, invalidez o muerte será condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 234 y 232 de esta Ley.
[Documentos de interpretación judicial relacionados]
"Acta del Simposio de la Corte Nacional sobre el mantenimiento de la estabilidad rural" del Tribunal Supremo Popular (Ley del 27 de octubre de 1999 [1999] Nº 217).
(1) Para los casos de homicidio intencional y lesiones intencionales, es necesario comprender con precisión los estándares para aplicar la pena de muerte al homicidio intencional. La imposición de la pena de muerte por homicidio intencional depende no sólo de si la muerte de la víctima fue causada, sino también de las circunstancias generales del caso. En los casos de homicidio intencional causado por la intensificación de conflictos civiles como el matrimonio, la familia, las disputas vecinales, etc., la aplicación de la pena de muerte debe ser muy cautelosa y debe distinguirse de otros casos de homicidio intencional que ponen en grave peligro el orden social. Si la víctima tiene una culpa evidente o es directamente responsable de la intensificación del conflicto, o si el acusado tiene circunstancias de castigo indulgentes según la ley, la pena de muerte generalmente no debe ejecutarse inmediatamente. Preste atención a la estricta distinción entre homicidio intencional y lesión intencional. En los casos de homicidio intencional directo y de homicidio intencional indirecto, la maldad subjetiva de los delincuentes es diferente y la pena debería ser diferente. Aunque el homicidio intencional indirecto y las lesiones intencionales con resultado de muerte resultan en la muerte, la naturaleza y el contenido de la intención del perpetrador son completamente diferentes. Es incorrecto imponer la pena de muerte siempre que haya una consecuencia de muerte sin prestar atención a distinguir la naturaleza del delito y el contenido intencional, y debería corregirse en trabajos futuros. Sólo pueden ser condenados a muerte aquellos que intencionalmente lesionan a alguien y le causan la muerte, con medios particularmente crueles y en circunstancias especialmente atroces.