¿Cuál es la tasa de IVA para arrendamientos sin tripulación y arrendamientos con tripulación?
Pertenecen al arrendamiento operativo el negocio de arrendamiento seco de transporte aéreo y el negocio de arrendamiento ligero de transporte acuático. El impuesto sobre el valor añadido se paga como "arrendamiento de bienes muebles tangibles" y el tipo del impuesto sobre el valor añadido es del 13 por ciento. El negocio de arrendamiento con tripulación se refiere a un negocio en el que una empresa de transporte aéreo alquila a otros aviones equipados con miembros de la tripulación durante un período de tiempo determinado, y el avión está a disposición del arrendatario durante el período de arrendamiento. Independientemente de si está en funcionamiento o no, los gastos de arrendamiento se cobran al arrendatario de acuerdo con determinadas normas y los costes fijos incurridos corren a cargo del arrendatario. Las actividades de arrendamiento con tripulación del transporte aéreo, el arrendamiento de viajes y el arrendamiento periódico de transporte acuático están sujetas al IVA como "servicios de transporte", y el tipo del IVA es del 9 por ciento.