Mis pertenencias están en la casa alquilada y quiero sacarlas. ¿Tiene el propietario derecho a interferir? ¿Tiene el dueño de la propiedad derecho a interferir?
Análisis Jurídico
En las leyes de nuestro país la protección de los derechos no es una sola, sino una protección integral y tridimensional. En lo que a la relación de alquiler se refiere, en circunstancias normales, el arrendatario alquila la vivienda al arrendatario, por lo que el arrendatario debe asegurar las funciones básicas. Entonces el arrendatario también debe hacer un uso razonable de los bienes del arrendatario, ya sea una casa o maquinaria grande o maquinaria costosa. Al mismo tiempo, el arrendatario también deberá pagarle periódicamente el alquiler acordado y el arrendatario deberá cobrar el alquiler de conformidad con el acuerdo. Si el inquilino no paga el alquiler a tiempo, se forma otra relación jurídica entre las dos partes. Según la ley, cuando el deudor no puede pagar el alquiler a tiempo, el acreedor, es decir, el arrendatario, puede conservar los bienes muebles que hayan sido legalmente ocupados. Entonces, los artículos de la casa del inquilino son, por supuesto, de propiedad legal y el inquilino tiene derecho a ocuparlos primero y recibir una compensación. Por lo tanto, tener derecho a intervenir no sólo debe depender de si el objeto pertenece al propietario, sino también de si existen otros derechos y deudas.
Base Jurídica
Código Civil de la República Popular China
Artículo 207 Derechos de propiedad estatal, colectiva, privada y derechos de propiedad de otros obligantes En igual protección de la ley, ninguna organización o individuo puede infringirla.
Artículo 233: Si se infringen derechos de propiedad, el titular del derecho podrá resolver el asunto mediante conciliación, mediación, arbitraje o litigio.
Artículo 234 Si existiere controversia sobre la titularidad y contenido de los derechos de propiedad, los interesados podrán solicitar la confirmación de los derechos.
Artículo 235 Si el acreedor no tiene derecho a poseer bienes inmuebles o muebles, podrá pedir la devolución de los bienes originales.
Artículo 240: El propietario tendrá derecho a poseer, usar, aprovechar y disponer de sus bienes inmuebles o muebles de conformidad con la ley.
Artículo 720 Durante el período del arrendamiento, las rentas derivadas de la posesión y uso del bien arrendado pertenecerán al arrendatario, salvo pacto en contrario de las partes.
Artículo 447: Cuando el deudor no paga las deudas vencidas, el acreedor puede retener los bienes muebles que legalmente ha poseído y goza del derecho de prioridad para recibir el pago de los bienes muebles.
El acreedor señalado en el párrafo anterior es el titular del gravamen, y los bienes muebles que están en su poder son los bienes gravados.
Artículo 448: Los bienes muebles retenidos por el acreedor y los derechos del acreedor pertenecen a la misma relación jurídica, salvo los retenidos entre empresas.